Anulación de las tornaguías
Anular la expedición del certificado único de transporte de mercancías gravadas con el impuesto al consumo o que sean objeto de monopolio rentístico (tornaguías), cuando se ha dejado de movilizar los productos antes del vencimiento de su vigencia o en caso que los productos hayan sido hurtados.
Tipo de trámite | ¿Tiene costo? | Duración proceso | ¿Cuándo hacerlo? |
Totalmente en linea | No | 15 Dia(s) | Ver Observaciones |
OBSERVACIONES: El contribuyente debe realizar la solicitud de la anulación de la tornaguía dentro del día hábil siguiente a la solicitud de la misma, en caso de no realizarse en este término podrá ser objeto de determinación de sanción por el no inicio del transporte de las mercancías dentro del término establecido por la Ley. (Artículo 132, Ordenanza 41 de 2020).