La Secretaría de Minas mantendrá suspendidas hasta el 1 de julio algunas diligencias administrativas y la atención al público
Boletín de Prensa
Medellín, 2 de junio de 2020
- Esta medida se toma en concordancia con la extensión del aislamiento preventivo.
- La dependencia Departamental tiene como canal para la radicación de PQRSD el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.
La Secretaría de Minas de Antioquia informa a la ciudadanía que hasta el 1 de julio próximo, inclusive, mantiene la suspensión de los términos de los trámites administrativos que se realizan con la dependencia del Departamento y los tiempos con que cuentan los titulares mineros, solicitantes y proponentes, para cumplir los requerimientos técnicos y jurídicos elevados por esta autoridad minera.
La Secretaría de Minas ha prorrogado la suspensión de las actuaciones administrativas, acorde con la medida de aislamiento preventivo obligatorio ordenado por el Gobierno Nacional en el Decreto Presidencial No. 749 de 2020 y por ello, teniendo en cuenta las medidas y recomendaciones implementadas por los gobiernos Nacional y Departamental con ocasión de la Emergencia Sanitaria declarada y con miras a minimizar los riesgos de contagio de los servidores públicos y de los usuarios, se han tomado las siguientes determinaciones:
1. Se suspenden los términos de las actuaciones administrativas que se adelantan ante la Secretaría de Minas y los términos con que cuentan los titulares mineros solicitantes, y proponentes para cumplir los requerimientos técnicos y jurídicos elevados por la autoridad minera; sin embargo, los siguientes trámites quedan exceptuados de la medida de suspensión:
• Cesión de Derechos
• Cesión de Áreas
• Integración de áreas
• Devolución de Áreas
• Prórrogas
• Cambios de Modalidad
• Subrogación por causa de muerte
• Renuncia parcial
2. Se suspenden las diligencias y visitas de campo que deba adelantar la Secretaría de Minas en ejercicio de sus funciones.
3. Se exceptúa de esa prórroga, el cumplimiento de obligaciones relacionadas con el pago de regalías, canon superficiario y demás contraprestaciones económicas; la constitución de la póliza minero ambiental y el cumplimiento de normas y requerimientos relacionados con temas de seguridad e higiene en labores mineras.
4. Como novedad, además en la prórroga que realiza la secretaría de Minas, se exceptúan las diligencias de amparo administrativo que no impliquen presencia en territorio y las decisiones que resuelvan las suspensiones de obligaciones por fuerza mayor en atención a la pandemia generada por el COVID-19.
Esta Secretaría mantendrá como canal para la radicación de PQRSD el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.
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Carmen Lucía Escobar V. Celular 3154609486