log in

Twitter
Twitter
Facebook
Youtube
Instagram
Soundcloud
Centro
Atencion ciudadano
Up

  

De la mano de las autoridades ambientales continuamos protegiendo el Recurso Hídrico

Los Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico PORH permiten que a través del análisis de los cuerpos de agua, se determine su destinación para los diferentes usos, como el agrícola, recreativo, pecuario, industrial y el consumo humano entre otros. Es por ello que teniendo en cuenta la defensa del agua como el eje transversal de la línea estratégica de Sostenibilidad Ambiental y con el fin de dar cumplimiento a los dispuesto en el numeral 4 del artículo 2.2.3.3.1.8 del Decreto 1076 de 2015, se comunican las siguientes resoluciones expedidas por la Corporación Autónoma Regional Corantioquia, aliado estratégico de la Gobernación de Antioquia en la protección del medio ambiente de Antioquia.

Resolución N° 040-1612-23345 del 30 de diciembre de 2016: por medio de la cual se adopta el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico del Río Piedras que discurre por el municipio de Jericó.

Resolución N°040-1612-23344 del 30 de diciembre de 2016: por medio de la cual se adopta el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico de Quebrada La Sopetrana que discurre por el municipio de Sopetran.

Resolución N°040-1612-23343 del 30 de diciembre de 2016: por medio de la cual se adopta el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico de Quebrada La Cianurada que discurre por los municipios de Segovia y Remedios.

Resolución N° 040-RES1712-7301 del 22 de diciembre de 2017: por medio de la cual se adopta el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico del Río Guadalupe que discurre por los municipios de Carolina del Príncipe, Santa Rosa de Osos, Gómez Plata y Guadalupe.

Resolución N° 040-RES1712-7303 del 22 de diciembre de 2017: por medio de la cual se adopta el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico del Río Aurra que discurre por los municipios de San Pedro de los Milagros, Bello, Sopetrán y San Jerónimo.

De acuerdo a lo anterior a la autoridad ambiental le compete:

  1. Establecer la clasificación de las aguas.

  2. Fijar su destinación y sus posibilidades de uso.

  3. Definir los objetivos de calidad a alcanzar en el corto, mediano y largo plazo.

  4. Establecer las normas de preservación de la calidad del recursos para asegurar la conservación de los ciclos biológicos y el normal desarrollo de las especies.

  5. Determinar los casos es que deba prohibirse el desarrollo de actividades como la pesca, el deporte y otras similares de manera temporal odefinitiva.

  6. Fijar las zonas en las que se prohibirá o condicionará, la descarga de aguas residuales o residuos líquidos o gaseosos, provenientes de fuentes industriales o domésticas, urbanas o rurales, en las aguas superficiales, subterráneas o marinas.

  7. Establecer el programa de seguimiento al recurso hídrico con el fin de verificar la eficiencia y efectividad del ordenamiento del recurso.

De esta manera, continuamos trabajando de la mano de diferentes entidades para la protección de nuestro líquido vital.

Departamentos Administrativos

Logo col
Logo Gov