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NOTIFICACIÓN POR AVISO EN PÁGINA WEB (FECHA 17 DE JUNIO DE 2022)
TESORERÍA - SECRETARÍA DE HACIENDA
GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA


LA TESORERA GENERAL DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, En uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en la Ley 1066 de 2006, Reglamentada por la Circular 00069 del 11 de agosto de 2006, Decreto Departamental 2697 de 2012. Y demás normas concordantes y conexas.  NOTIFICA a las siguientes personas, el contenido del acto administrativo por medio del cual se ordena seguir adelante con la ejecución en el proceso de cobro administrativo coactivo adelantado en su contra por mora en el pago de Sanción  Contrabando y Fraudulento; de conformidad con lo previsto en el artículo 836 del Estatuto Tributario.

Se informa al notificado que cuenta con quince
(15) días para pagar o para proponer por escrito excepciones ante la Tesorería General del Departamento, los cuales se contarán a partir del día siguiente a la notificación del mandamiento de pago de conformidad con lo previsto en el artículo 830 del Estatuto Tributario.
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CONSEC OBLIGACIÓN DOCUMENTO NOMBRES RESOLUCIÓN FECHA RESOL VER RESOL
2 COBRO COACTIVO CONTRABANDO Y FRAUDULENTO 8061789 CRISTIAN ALEXANDER RODRIGUEZ 2016060093751 21/11/2016 VER=>
3 COBRO COACTIVO CONTRABANDO Y FRAUDULENTO 37839355 DELCY CASTRO GUERRA 2016060098701 14/12/2016 VER=>
4 COBRO COACTIVO CONTRABANDO Y FRAUDULENTO 15317875 EVELIO RESTREPO SANCHEZ 2016060077084 13/09/2016 VER=>
6 COBRO COACTIVO CONTRABANDO Y FRAUDULENTO 3614915 JULIO ERNESTO GUTIERREZ GALVIS 2019060001012 15/01/2019 VER=>
7 COBRO COACTIVO CONTRABANDO Y FRAUDULENTO 71785437 MAURICIO ALEXANDER USMA 2017060053553 28/03/2017 VER=>

Se advierte a estas personas que disponen de Quince 15 días, después de

notificada esta providencia para cancelar la deuda o proponer las excepciones

legales que estimen pertinentes, y que contra la presente providencia no

procede recurso alguno. La notificación se entenderá surtida el día hábil

siguiente a la publicación de este aviso.

 

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