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Las bebidas artesanales y ancestrales también deben cumplir con la normatividad nacional para ser comercializadas

Medellín, 15 de noviembre de 2023   

- Se trata del Impuesto al Consumo establecido en la Ley 223 de 1995 que deben cumplir las bebidas alcohólicas para su consumo en el país.

- Durante los últimos tres años se han aprehendido 182 unidades de licor asociadas a bebidas artesanales y ancestrales, que equivale al 0.028% del total aprehendido.

- El viche es una bebida ancestral que tiene permiso de producción libre en cualquier jurisdicción, pero su comercialización debe estar sujeta a las leyes 2158 de 2021 y la normatividad vigente de Impuesto al Consumo.

La producción y comercialización de bebidas alcohólicas artesanales y ancestrales experimenta un auge significativo entre los productos ofrecidos por establecimientos públicos de gastronomía y entretenimiento. Por esta razón, la Gobernación de Antioquia hace un llamado a los comerciantes para que cumplan con la normatividad vigente relacionada con el Impuesto al Consumo que aplica sobre estas bebidas y que dispone, entre otras, que productores y distribuidores deben registrarse ante las respectivas secretarias de hacienda de los departamentos.

El incumplimiento a estos deberes puede acarrear sanciones para los responsables y propietarios de los establecimientos, locales comerciales y/o bodegas. Dichas sanciones pueden ir desde el decomiso de los productos y multas hasta el cierre temporal del establecimiento.

“Entre 2021 y 2023 hemos realizado más de 28 mil visitas de inspección, vigilancia y control en los 125 municipios del departamento. De estas visitas, hemos aprehendido más de 650 mil unidades de elementos relacionados con licores, vinos, aperitivos, cervezas, cigarrillos y elementos para la producción de los mismos. De estas 650 mil unidades, hemos aprehendido solamente 182 relacionadas con licores artesanales y ancestrales y, de estas, solo 39 tienen que ver con bebidas tipo Viche”, anotó el subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda de Antioquia, Iván Felipe Velásquez.

El funcionario añade que durante la administración “Unidos por la Vida”, se han realizado más de 28 mil visitas de inspección vigilancia y control, 285 capacitaciones y más de 14 mil sensibilizaciones en todo el departamento. Además, se han aprehendido más de 250 mil productos entre licores y alcoholes, así como elementos para su producción. También se hallaron más de 400 mil aperitivos, vinos, cervezas y cigarrillos ilegales. Más de 600 establecimientos comerciales fueron cerrados de manera preventiva.

En el caso del Viche, una bebida ancestral del Pacífico, cuenta con una normatividad específica: la ley 2158 de 2021, que la reconoce como patrimonio colectivo e impulsa y protege el Viche y sus derivados con una especial protección a la identidad cultural de los pueblos y comunidades.

Sin embargo, es necesario cumplir con los requisitos legales exigidos para este tipo de productos frente al Impuesto al Consumo,  como lo establece el artículo 9 de dicha ley: “Cuando la producción del Viche/Biche y sus derivados no se destine al consumo propio de las comunidades negras, afrocolombianas, en el marco de sus usos, costumbres, cosmovisión y derecho mayor, la producción y comercialización del Viche/Biche y sus derivados requerirá la obtención de los registros sanitarios correspondientes y demás requisitos que establezcan las autoridades competentes”.

“Es importante resaltar que, si bien esta ley busca darle un tratamiento especial al Viche, en ella misma se indica que debe cumplir con lo establecido con la ley 2005 de 2019 o ley del Trapiche, la cual indica que este producto está sometido al Impuesto al Consumo sin ningún límite temporal, exención o exclusión del mismo. Por otro lado, el Gobierno Nacional está en mora de expedir una reglamentación que contemple regímenes diferenciales y de transición para la comercialización del Viche. Dicho ejercicio debía cumplirse con un límite de 12 meses después de expedida la ley, es decir desde el 8 de noviembre de 2021”, explicó el Subsecretario.

Desde el año 2021 hasta la fecha, el Grupo de Operativos ha realizado la aprehensión de 39 botellas de Viche/Biche por incumplir con la normatividad del Estatuto de Rentas departamentales (Ordenanza 41 de 2020). Algunas estaban envasadas en botellas de reconocidas licoreras, otras no contaban con estampillas y las restantes no coincidían con el porcentaje de alcohol verificado por el Grupo de Operativos con el reportado en la etiqueta de la botella.

Durante los últimos días, se llevaron a cabo 125 visitas de inspección, vigilancia y control en el departamento, de los cuales 15 se realizaron en el sector de Provenza, en El Poblado, dejando como resultado el cierre preventivo de cuatro establecimientos por un periodo de 15 días, debido a que en ellos se encontraron los siguientes productos:

·         11 botellas de licor falsificado o alterado.

·         Cuatro botellas de licor que no contaban con señalización adherida (Estampilla) que autorizan su comercialización en el departamento de Antioquia.

·         Una botella de aperitivo de origen extranjero con señalización adherida de Cundinamarca más no de Antioquia.

·         Dos botellas de aperitivos nacionales sin señalización adherida.

·         Tres botellas de Viche sin señalización adherida.

·         Una botella de licor de caña sin señalización adherida.

·         Cuatro botellas de Viche que se encontraban en envases de una reconocida industrita licorera del país. (Referencias Viche Mano de Buey y Macerado de hoja de coca -Viche Mano de Buey).

De esta manera, la Administración departamental continúa promoviendo la legalidad y garantizando la protección de la salud y las finanzas de los antioqueños. Además, hace un llamado a los comerciantes de bebidas alcohólicas a tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

 1. Los licores, vinos, aperitivos y similares deben estar señalizados con la estampilla del Departamento de Antioquia, tanto los de exhibición como los de venta al público, exceptuando los licores de la FLA.

2. En el territorio antioqueño no se pueden comercializar productos de la FLA que tengan estampilla de otros departamentos.

3. Licores, vinos, aperitivos y similares; cuyo material de empaque no corresponda a los originales de la sociedad autorizada para su producción o su introducción en el Departamento de Antioquia, no deben ser exhibidos ni comercializados.

4. Licores, vinos, aperitivos y similares que utilizan envases, etiquetas, tapas y demás elementos que contengan o porten alguno de los distintivos de las personas autorizadas para su producción e introducción en el Departamento o de la marca FLA, usados para el embotellamiento de otros productos diferentes al autorizado, no deben ser exhibidos ni comercializados.

5. Licores, vinos, aperitivos y similares que tengan leyendas como "prohibida su venta", "muestra gratis" o similar; no deben ser comercializados.

6. Licores, vinos, aperitivos y similares que hayan sido falsificados o alterados, previo dictamen químico que así lo determine; será sujeto de sanción tal como indica el Decreto 1686 de 2012 o la norma que lo derogue, aclare o modifique.

7. Los licores, vinos, aperitivos y similares registrados en el Departamento de Antioquia deben contar previamente con el registro INVIMA y el certificado del DANE. 

 

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