13.9.2 Clasificación de los mataderos de acuerdo a las áreas y equipos básicos de funcionamiento exigidos

ÁREAS Y EQUIPOS BÁSICOS DE FUNCIONAMIENTO EXIGIDOS PARA LOS MATADEROS CLASIFICACIÓN
CLASE I (1) CLASE II (2) CLASE III
(3)
CLASE IV
(4)
CLASE V
(5)
1. Area de protección sanitaria. Requerido Requerido Requerido Requerido No Requerido
2. Vías de acceso y patios de maniobra, cargue y descargue. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
3. Corrales de llegada. Requerido Requerido Requerido No Requerido No Requerido
4. Corrales de sacrificio. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
5. Corral de observación. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
6. Zona de lavado y desinfección de vehículos. Requerido No Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
7. Báscula para ganado en pie. Requerido Requerido Requerido No Requerido No Requerido
8. Baño para ganado en pie. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
9. Sala de oreo y cuarteo. Requerido No Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
10. Sala de sacrificio, según especies. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
11. Sala de deshuese y empaque, cuando estas acciones se realicen en la planta. Requerido No Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
12. Sistema de refrigeración. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
13. Area para canales retenidas. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
14. Sala de necrópsia o matadero sanitario. Requerido No Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
15. Horno crematorio o incinerador. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
16. Sección especial para procesamiento y empaque de subproductos. Requerido No Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
17. Sección de calderas y compresores. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
18. Depósito para decomiso. Requerido Requerido Requerido No Requerido Requerido
19. Sistema aéreo para sacrificio y faenamiento. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
20. Area y equipo para escaldado de cerdos. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
21. Sala aislada para lavado y preparación de vísceras blancas. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
22. Sala refrigerada para almacenamiento de vísceras blancas y rojas. Requerido Requerido Requerido No Requerido No Requerido
23. Area para proceso y almacenamiento de cabezas. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
24. Area para escaldado y almacenamiento de patas. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
25. Sala para pieles. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
26. Báscula de riel para pesaje de las canales. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
27. Sistema para almacenamiento de estiércol. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
28. Oficina de inspección médico-veterinaria. Requerido Requerido Requerido No Requerido No Requerido
29. Sistema de tratamiento de aguas residuales. Requerido Requerido Requerido Requerido No Requerido
30. Tanque de reserva de agua potable. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
31. Almacén y bodegas. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
32. Oficinas o dependencias administrativas. Requerido Requerido Requerido Requerido No Requerido
33. Area para servicios varios y mantenimiento. Requerido Requerido Requerido No Requerido No Requerido
34. Servicios sanitarios y vestideros. Requerido Requerido Requerido Requerido Requerido
35. Cafetería. Requerido Requerido No Requerido No Requerido No Requerido
36. Redes aéreas para sacrificio y faenado de los animales. No Requerido No Requerido Requerido Requerido No Requerido
37. Trampa de aturdimiento. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido Requerido
38. Puntilla de aturdimiento. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido Requerido
39. Polipastos eléctricos o manuales para izado de reses y de cerdos. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido Requerido
40. Grilletes o troles con esparrancador para bovinos y cerdos. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido Requerido
41. Plataformas de niveles. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido No Requerido
42. Tasajeras y ganchos para vísceras rojas. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido Requerido
43. Tasajeras y ganchos para cuartos de canal. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido Requerido
44. Pinza eléctrica u otro sistema para aturdir cerdos. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido Requerido
45. Equipo de gas para el chamuscado de cerdos. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido Requerido
46. Tanque escaldador de estómagos de bovinos. No Requerido No Requerido No Requerido Requerido No Requerido
47. Red aérea para sangría y proceso de reses y cerdos. No Requerido No Requerido No Requerido No Requerido Requerido
48. Plataforma de niveles. No Requerido No Requerido No Requerido No Requerido Requerido
49. Tanque séptico. No Requerido No Requerido No Requerido No Requerido Requerido
Notas:
(1) Artículo 30 del decreto 1036 de 1991: Los mataderos Clase I deberán tener capacidad instalada para sacrificar 480 o más reses y 400 o más cerdos, en turnos de 8 horas, de conformidad con los requerimientos del Decreto 2278 de 1982.
 
(2) Artículo 32 del decreto 1036 de 1991: Los mataderos Clase II deberán tener capacidad instalada para el sacrificio de 320 o más reses y 240 o más cerdos, en turnos de 8 horas.
 
(3) Artículo 34 del decreto 1036 de 1991: Los mataderos Clase III deberán tener una capacidad instalada para sacrificar 160 o más reses y 120 o más cerdos en turno de 8 horas, de conformidad con el Decreto 2278 de 1982.
 
(4) Artículo 36 del decreto 1036 de 1991: Los mataderos Clase IV deberán tener una capacidad instalada para el sacrifico de 40 reses y 40 cerdos, en turno de 8 horas.
 
(5) Artículo 39 del decreto 1036 de 1991: Los mataderos Mínimos (Clase V) se establecerán en poblaciones hasta de 2.000 habitantes, con capacidad instalada para el sacrificio de 2 reses y 2 cerdos hora, en red aérea y puestos fijos.
 
La clase I corresponde a las condiciones óptimas de los mataderos, mientras que la clase V refleja las condiciones mínimas de éstos.
 
Fuente: Decreto 1036 de 1991.

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