Jazmín Elena Espinosa Espinosa
Profesional universitario
Centrodocumentacion.dap@antioquia.gov.co
Dirección Sistemas de Indicadores
Jairo de los Ríos
Consejo Superior de la Judicatura
enteladejuicio@gmail.com
Ledy del Socorro Cardona Grajales
Fiscalía Especializada de Medellín - Antioquia
ayfnovmed@fiscalia.gov.co
Padre Alberto Elías Palacio Palacio
Canciller de la Diócesis de Santa Rosa
cancilleria@diocesissantarosadeosos.org
Padre Bercelay Vides Labarces
Canciller de la Diócesis de Apartadó
apartadodioc@cec.org.co
Padre Luis Carlos Cañón Torres
Canciller de la Diócesis de La Dorada – Guaduas
vicariaepiscopaldepastoral@gmail.com
Padre Óscar Augusto Álvarez
Canciller de la Arquidiócesis de Medellín
medellinarq@cec.org.co
Padre Luis Camacho
Canciller de la Diócesis de Barrancabermeja
diocesisbarrancabermeja@hotmail.com
Padre Juan Fernando Franco Sánchez
Diócesis de Caldas
diocaldas@une.net.co
Padre Jorge Iván Londoño
Canciller de la Diócesis de Sonsón – Rionegro
canciller@diosonrio.org.co
Padre Nabor Súarez Alzate
Canciller de la Diócesis de Jericó
jericodioc@cec.org.co
Padre Héctor Hernán Acevedo Puerta
Canciller de la Diócesis de Girardota
girardotadioc@cec.org.co
Padre Genaro de Jesús Moreno Piedrahita
Arquidiócesis de Santa Fe de Antioquia
santafearq@cec.org.co
Astrid Elena Echavarría Meneses
Profesional universitario
Gerencia de Negritudes
astrid.echavarria@antioquia.gov.co
Sandra Bibiana Castrillón Jiménez
Secretaría
Gerencia Indígena
gindigen@antioquia.gov.co
Edith Johana Medina Hernández
Profesional universitario
Dirección Sistemas de Indicadores
Edith.medina@antioquia.gov.co
Gobernación de Antioquia:
Gerencia Indígena, Gerencia de Negritudes, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Infraestructura Física.
Arquidiócesis y diócesis:
Arquidiócesis de Medellín, Arquidiócesis de Santa Fe de Antioquia, Diócesis de Apartadó, Diócesis de Barrancabermeja, Diócesis de Caldas, Diócesis de la Dorada Guaduas, Diócesis de Girardota, Diócesis de Jericó, Diócesis de Santa Rosa de Osos, Diócesis de Sonsón Rionegro.
Otras instituciones:
Alcaldías municipales del departamento de Antioquia, Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia. Sala Administrativa, Fiscalía General de la Nación. Regional Antioquia, Instituto Colombiano de Desarrollo Rural INCODER, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Superintendencia de Notariado y Registro, Ministerio de Relaciones Exteriores.
El departamento de Antioquia (Colombia) cuenta con una extensión de 63.612 Km² de acuerdo a los reportes del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) en el año 2007, está ubicado en la zona noroccidental del territorio colombiano, se divide 125 municipios, agrupados en nueve subregiones y 25 zonas, ellas son:
SUBREGIÓN | MUNICIPIOS | ZONAS |
VALLE DE ABURRÁ | Medellín | Centro |
Barbosa | Norte | |
Girardota | Norte | |
Bello | Norte | |
Copacabana | Norte | |
Envigado | Sur | |
Itaguí | Sur | |
La Estrella | Sur | |
Sabaneta | Sur | |
Caldas | Sur | |
BAJO CAUCA | Cáceres | Bajo Cauca |
Caucasia | Bajo Cauca | |
El Bagre | Bajo Cauca | |
Nechí | Bajo Cauca | |
Tarazá | Bajo Cauca | |
Zaragoza | Bajo Cauca | |
MAGDALENA MEDIO | Puerto Berrío | Ribereña |
Puerto Nare | Ribereña | |
Puerto Triunfo | Ribereña | |
Yondó | Ribereña | |
Caracolí | Nus | |
Maceo | Nus | |
NORDESTE | Cisneros | Nus |
San Roque | Nus | |
Santo Domingo | Nus | |
Amalfi | Meseta | |
Vegachí | Meseta | |
Yalí | Meseta | |
Yolombó | Meseta | |
Segovia | Minera | |
Remedios | Minera | |
Anorí | Río Porce | |
NORTE | Carolina | Río Porce |
Gómez Plata | Río Porce | |
Guadalupe | Río Porce | |
Angostura | Vertiente Chorros Blancos | |
Briceño | Vertiente Chorros Blancos | |
Campamento | Vertiente Chorros Blancos | |
Valdivia | Vertiente Chorros Blancos | |
Yarumal | Vertiente Chorros Blancos | |
Belmira | Río Grande y Chico | |
Donmatías | Río Grande y Chico | |
Entrerríos | Río Grande y Chico | |
San José de la Montaña | Río Grande y Chico | |
San Pedro de los Milagros | Río Grande y Chico | |
Santa Rosa de Osos | Río Grande y Chico | |
Ituango | Río Cauca | |
San Andrés de Cuerquia | Río Cauca | |
Toledo | Río Cauca | |
OCCIDENTE | Abriaquí | Cuenca del Río Sucio |
Cañasgordas | Cuenca del Río Sucio | |
Dabeiba | Cuenca del Río Sucio | |
Frontino | Cuenca del Río Sucio | |
Peque | Cuenca del Río Sucio | |
Uramita | Cuenca del Río Sucio | |
Anzá | Cauca Medio | |
Armenia | Cauca Medio | |
Buriticá | Cauca Medio | |
Caicedo | Cauca Medio | |
Ebéjico | Cauca Medio | |
Giraldo | Cauca Medio | |
Heliconia | Cauca Medio | |
Liborina | Cauca Medio | |
Olaya | Cauca Medio | |
Sabanalarga | Cauca Medio | |
San Jerónimo | Cauca Medio | |
Santa Fe de Antioquia | Cauca Medio | |
Sopetrán | Cauca Medio | |
ORIENTE | Abejorral | Páramo |
Argelia | Páramo | |
Nariño | Páramo | |
Sonsón | Páramo | |
Alejandría | Embalses | |
Concepción | Embalses | |
El Peñol | Embalses | |
Guatapé | Embalses | |
Granada | Embalses | |
San Carlos | Embalses | |
San Rafael | Embalses | |
Cocorná | Bosques | |
San Francisco | Bosques | |
San Luis | Bosques | |
El Carmen de Viboral | Valle de San Nicolás | |
El Retiro | Valle de San Nicolás | |
El Santuario | Valle de San Nicolás | |
Guarne | Valle de San Nicolás | |
La Ceja | Valle de San Nicolás | |
La Unión | Valle de San Nicolás | |
Marinilla | Valle de San Nicolás | |
Rionegro | Valle de San Nicolás | |
San Vicente | Valle de San Nicolás | |
SUROESTE | Amagá | Sinifaná |
Angelópolis | Sinifaná | |
Fredonia | Sinifaná | |
Venecia | Sinifaná | |
Titiribí | Sinifaná | |
Andes | San Juan | |
Betania | San Juan | |
Ciudad Bolívar | San Juan | |
Hispania | San Juan | |
Jardín | San Juan | |
Betulia | Penderisco | |
Concordia | Penderisco | |
Salgar | Penderisco | |
Urrao | Penderisco | |
Caramanta | Cartama | |
Jericó | Cartama | |
La Pintada | Cartama | |
Montebello | Cartama | |
Pueblorrico | Cartama | |
Santa Bárbara | Cartama | |
Támesis | Cartama | |
Tarso | Cartama | |
Valparaíso | Cartama | |
URABÁ | Apartadó | Centro |
Carepa | Centro | |
Chigorodó | Centro | |
Mutatá | Centro | |
Turbo | Centro | |
Arboletes | Norte | |
Necoclí | Norte | |
San Juan de Urabá | Norte | |
San Pedro de Urabá | Norte | |
Murindó | Atrato Medio | |
Vigía del Fuerte | Atrato Medio |
El Capítulo 1 “Generalidades del departamento de Antioquia” hace un breve recorrido por la historia y la geografía del Departamento y sus municipios, el capítulo está dividido en: aspectos históricos, geografía, divisiones territoriales y datos generales de los municipios.
Los datos publicados en este capítulo apoyan la toma de decisiones y la construcción de planes, programas y proyectos con los cuales se busca mejorar las condiciones de vida de los habitantes del departamento de Antioquia.
Poner a disposición de la comunidad información y cifras que ofrecen un panorama general sobre el territorio antioqueño desde el punto de vista histórico y geográfico, para que contextualicen a los usuarios del Anuario Estadístico 2012 sobre las Generalidades del Departamento y sirvan de referencia en la toma de decisiones político-administrativas.
Presentamos a continuación algunos conceptos básicos que permiten una clara interpretación de variables:
Año de erección: Se refiere a la fecha en que los poblados comenzaron a tener autoridades civiles correspondientes.
Erección: Construcción, levantamiento de una cosa: ejemplo erección de un monumento. http://www.wordreference.com/definicion/,[Consulta: Agosto 2013]
Arquidiócesis:Según Según el Concilio Vaticano II, es una unidad territorial, una agrupación de Diócesis, de Iglesias particulares, destinada a reforzar, según la mente del Concilio Vaticano II, sensiblemente la eficacia de la acción pastoral y fomentar la relación y comunión entre los Obispos.
Se trata de una unión de Diócesis vecinas que, manteniendo su individualidad territorial, quedan bajo la autoridad del Arzobispo Metropolitano y del Concilio Provincial, conforme se señala en el Derecho Canónico.
"Para promover una acción pastoral común en varias Diócesis vecinas y para que se fomenten de manera más adecuada las recíprocas relaciones entre los Obispos diocesanos, las Iglesias particulares se agruparán en provincias eclesiásticas delimitadas territorialmente" (c. 431,1).
Es competencia exclusiva de la autoridad suprema de la Iglesia, constituir, suprimir o cambiar las provincias (c. 431,3).
"En la Provincia Eclesiástica tiene autoridad, conforme a la norma del derecho, el Concilio Provincial y el Metropolitano" (c. 432,1). (En: http://www.iglesiapotosina.org/seccionesarquidiocesis/arquidiocesis/queesfinal.htm)
Comisaría de Familia: Según el Código del Menor (Decreto Ley 1098 de 2006) en los artículos 295 y 296 “las comisarías de familia son de carácter policivo, cuyo número y organización serán determinados por los respectivos Concejos Municipales o Distritales.
El objetivo principal de estas comisarías, es colaborar con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y con las demás autoridades competentes en la función de proteger a los menores que se hallen en situación irregular y en los casos de conflictos familiares”.
Comunidad Negra:“Es el conjunto de familias de ascendencia Afrocolombiana que poseen una cultura propia, comparten una historia y tienen sus propias tradiciones y costumbres dentro de la relación campo – poblado, que revelan y conservan conciencia de identidad que las distinguen de otros grupos étnicos”. (Ley 70 de 1993, Artículo 2, numeral 5)
Corregimiento: División del área rural del municipio, entendido como la agrupación de veredas, que puede incluir o no, un núcleo de población (cabecera corregimental) que satisface la demanda de servicios de su comunidad; esta subdivisión tiene como propósito mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos de carácter local. (Ley 136 de 1994, Artículo 117)
Cuasiparroquia: En circunstancias especiales se puede constituir una cuasiparroquia. Se trata de una comunidad de fieles que, por circunstancias peculiares, no se puede constituir en parroquia:
Canon 516. 1: A no ser que el derecho prevea otra cosa, a la parroquia se equipara la cuasiparroquia, que es una determinada comunidad de fieles dentro de la Iglesia particular, encomendada, como pastor propio, a un sacerdote, pero que, por circunstancias peculiares, no ha sido aún erigida como parroquia.
La cuasiparroquia cumple funciones similares a la de la parroquia. En el decreto de erección el Ordinario habrá de determinar las funciones del cuasipárroco, y quizá determinar aquellos órganos parroquiales que se habrán de constituir. (REYES VIZCAÍNO, Pedro María. Naturaleza de la parroquia en el derecho canónico [en línea] http://es.catholic.net/estudiososdelderechocanonico/220/631/articulo.php, [Consulta: Agosto de 2013])
Inspección de policía: Es una instancia judicial en un área que puede o no ser amanzanada y que ejerce jurisdicción sobre un determinado territorio municipal, urbano o rural y que depende del departamento (IPD) o del municipio(IPM). Su máxima autoridad es el Inspector de Policía. (DANE [en línea]. Bogotá: DANE, [s.f], http://www.dane.gov.co/files/inf_geo/4Ge_ConceptosBasicos.pdf, [Consulta: Agosto de 2013])
El Distrito Judicial de Antioquia: El término distrito es usado en Colombia para definir a las entidades territoriales (municipios) que poseen características especiales que las destaca o diferencia de las demás en cuanto a su economía, sus recursos, su cultura o su papel administrativo y geográfico. (Los distritos de Colombia [en línea]. [s.n.]: Editorial Santillana, [s.f], http://repositorio.sistemauno.com.co/primaria/SOCIALES/Soc5/Soc_M32/Los%20distritos%20de%20Colombia.pdf, [Consulta: Agosto de 2013])
Está cubierto por unidades de fiscalía especializadas, seccionales y locales, que cubren todos los municipios que comprende el Departamento.
Las unidades especializadas están compuestas por fiscales especializados que son aquellos que investigan los delitos asignados a los jueces especializados, básicamente secuestro extorsivo, narcotráfico, extorsión y concierto para delinquir, entre otros y cubre todos los municipios. Es importante anotar que en esta misma categoría hay fiscales destacados ante los GAULA de la Policía y el Ejército (Cuarta Brigada y Oriente) y el municipio de Apartadó.
Por su parte, las unidades seccionales están compuestas por fiscales delegados ante los jueces penales y promiscuos del circuito y se encargan de investigar los delitos asignados a éstos, que en términos generales son los cubiertos por la cláusula general de competencia, es decir, todos los delitos que no están asignados a ninguna autoridad, entre ellos, homicidio, porte de armas, porte de estupefacientes en cantidades inferiores a las que conoce la especializada, entre otros. Las unidades seccionales están distribuidas en todo el departamento y desde un municipio pueden conocer lo que suceda en otros municipios, normalmente abarca los mismos municipios de los circuitos en donde se encuentran.
Por último, están las unidades locales, las cuales están conformadas por fiscales locales, que se encargan de investigar los delitos asignados para el conocimiento a los jueces penales o promiscuos municipales, conocen básicamente de los delitos querellables, entre los que están el abuso de confianza y la estafa entre otros, así mismo los delitos de hurtos y extorsiones de menor cuantía. Al igual que las seccionales se encuentran en los diferentes municipios del departamento de Antioquia y tienen en algunos casos municipios como áreas de influencia.
Diócesis: Según el Concilio Vaticano II y el Código de Derecho Canónico define a la diócesis como "una porción del Pueblo de Dios, cuyo cuidado pastoral se encomienda al Obispo con la cooperación del presbiterio, de manera que unida a su pastor y congregada por él en el Espíritu Santo mediante el Evangelio y la Eucaristía constituya una Iglesia Particular; en la cual verdaderamente está presente y actúa la Iglesia de Cristo una, santa, católica y apostólica".
Por regla general, ésta porción del pueblo de Dios, que es la Diócesis, se delimita territorialmente, abarca a todos los fieles que vivan en un territorio determinado. El territorio debe estar bien descrito en los cuatro puntos cardinales; no debe coincidir necesariamente con las circunscripciones civiles respectivas.
Las Diócesis sólo pueden ser creadas o erigidas por la Suprema Autoridad de la Iglesia, es decir, la Santa Sede, y en concreto, la Congregación de los Obispos. (En: http://www.iglesiapotosina.org/seccionesarquidiocesis/arquidiocesis/queesfinal.htm)
Pueblo y/o comunidad indígena: “es el grupo o conjunto de familias de ascendencia amerindia, que tienen conciencia de identidad y comparten valores, rasgos, usos o costumbres de su cultura, así como formas de gobierno, gestión, control social o sistemas normativos propios que las distinguen de otras comunidades, que tengan o no títulos de propiedad, o que no puedan acreditarlos legalmente, o que sus resguardos fueron disueltos, divididos o declarados vacantes. Corresponden a formas fundamentales de organización y de vida de los miembros de los grupos étnicos Emberá Katío, Tule, Senú, Emberá Dóbida y Emberá Chamí que habitan en el departamento de Antioquia, como sujetos de derechos y deberes reconocidos en convenios internacionales y normas constitucionales y legales”. (Ordenanza 32 del 20 de diciembre de 2004)
Pueblo y/o comunidad afrocolombiana: “La población africana colombiana o afrocolombiana corresponde a las comunidades descendientes de las personas africanas esclavizadas por los españoles y las comunidades cimarronas que conquistaron su libertad, entre 1510 y 1852. Son africanas por su ancestro genético, étnico, cultural y espiritual, asumiendo la africanidad como un valor personal y de la sociedad colombiana.
La población afrocolombiana surgió con la expedición en 1851 de la Ley de libertad de los esclavos, que abolió legalmente la esclavitud y la esclavización de personas en Colombia. Los ex esclavos, los cimarrones y sus descendientes quedaron en el país como ocupantes de hecho más no en derecho y con derechos. Quedaron ocupando el territorio pero ilegales, por haber sido excluidos del ordenamiento jurídico republicano y del Estado de Derecho, e ignorados en las leyes como sujetos jurídicos con derechos étnicos y ciudadanos especiales.
Siendo pobladores de hecho del territorio patrio quedaron en un limbo jurídico, sin ciudadanía, durante 70 años y, poco a poco, según los intereses políticos dominantes se fueron integrando al proyecto de Nación, en un proceso espontáneo que duró desde 1852 hasta 1991, cuando por primera vez en la historia jurídica de la República de Colombia, la Constitución Política les menciona y reconoce como sujetos jurídicos con derecho de diferenciación positiva, con la denominación de comunidades negras”. (MOSQUERA MOSQUERA, Juan de Dios. Estudios afrocolombianos Bogotá : Banco de la República, [s.f.]) En: Boletín del movimiento afrocolombiano cimarrón.
Vereda: Las veredas son poblados donde conviven los campesinos. Los municipios de Colombia dieron lugar para que en la proximidad de los caminos angostos, se asentara su población rural. Los municipios les dieron a las veredas categoría de división territorial de carácter administrativo, las veredas agrupadas constituyen corregimientos, cada vereda cuenta con una aldea, poblado pequeño, urbanismo primario, con jurisdicción veredal. (MENDOZA MORALES: Alberto. Vereda: unidad de vida y producción [en línea]. Bogotá : Sociedad Geográfica de Colombia, 2011 http://www.sogeocol.edu.co/Pildoras/nota67.htm, [Consulta: Agosto de 2013])
La Bandera de Antioquia tuvo su origen en la Universidad de Antioquia, que casi desde su fundación tenía entre sus emblemas una bandera verde y blanca que era izada en todos sus actos oficiales.
Cuando era necesario hacer sentir la presencia del Departamento se utilizaba la bandera de la Universidad.
En 1962, por Ordenanza No. 06 del Gobierno Departamental, se oficializó el uso de una bandera que debía tener dos franjas iguales, la superior blanca y la inferior verde, es decir la misma de la Universidad de Antioquia.
El color blanco simboliza pureza, integridad, obediencia, firmeza, vigilancia, elocuencia, vencimiento, inocencia, blancura y virginidad. Y el verde, por su parte, representa la esperanza, la abundancia, la libertad, la fe, la amistad, el servicio y el respeto.
El gobierno del Estado de Antioquia, determinó por Decreto del 23 de agosto de 1812, representar el escudo de la siguiente forma:
Una matrona vestida y adornada a la Indiana, sentada al pie de un cerro de oro entre el plátano y la palmera, con un río caudaloso a sus pies, acomodándose en su cabeza el gorro de la libertad. Los gobernantes querían dejar constancia no sólo de la libertad del nuevo Estado, sino que simbolizaron con el cerro de oro la riqueza y la virtud, con la palmera los triunfos y victorias, con el plátano la abundancia, con el gorro la libertad y con la matrona la raza Antioqueña.
El autor de la letra del Himno Antioqueño fue Epifanio Mejía, nacido en Yarumal quién escribió un poema titulado "El canto del Antioqueño", obra publicada en 1868. Sólo a finales del siglo XIX, se abrió un concurso para que este poema fuera musicalizado, con el fin de convertirlo en himno propio de la región. Este fue ganado por el Maestro caucano Gonzalo Vidal y por la Ordenanza No. 06 de 1962 fue adoptado oficialmente como el Himno de Antioquia.
CORO
Oh libertad que perfumas las montañas de mi tierra, deja que aspiren mis hijos tus olorosas esencias!
I
Amo el Sol porque anda libre, sobre la azulada esfera, al huracán porque silba con libertad en las selvas.
II
El hacha que mis mayores me dejaron por herencia, la quiero porque a sus golpes libres acentos resuenan.
III
Forjen déspotas tiranos largas y duras cadenas para el esclavo que humilde sus pies de rodillas besa.
IV
Yo que nací altivo y libre sobre una sierra antioqueña llevo el hierro entre las manos porque en el cuello me pesa.
V
Nací sobre una montaña, mi dulce madre me cuenta que el sol alumbró mi cuna sobre una pelada sierra.
VI
Nací libre como el viento de las selvas antioqueñas como el cóndor de los Andes que de monte en monte vuela.
VII
Pichón de águila que nace sobre el pico de una peña siempre le gusta las cumbres donde los vientos refrescan.
VIII
Cuando desciendo hasta el valle y oigo tocar la corneta, subo a las altas montañas a dar el grito de alerta.
IX
Muchachos, le digo a todos los vecinos de las selvas la corneta está sonando... ¡tiranos hay en la sierra!
X
Mis compañeros, alegres, el hacha en el monte dejan para empuñar en sus manos la lanza que el sol platea.
XI
Con el morral a la espalda cruzamos llanos y cuestas, y atravesamos montañas y anchos ríos y altas sierras.
XII
Y cuando al fin divisamos, allá en la llanura extensa, las toldas del enemigo que entre humo y gente blanquean
XIII
Volamos como huracanes regados sobre la tierra, ¡ay del que espere empuje de nuestras lanzas revueltas!
XIV
Perdonamos al rendido porque también hay nobleza y en los bravos corazones que nutren las viejas selvas.
XV
Cuando volvemos triunfantes las niñas de las aldeas rinden coronas de flores a nuestras frentes serenas.
XVI
A la luz de alegre tarde pálida, bronceada, fresca de la montaña en la cima nuestras cabañas blanquean.
XVII
Bajamos cantando al valle porque el corazón se alegra; porque siempre arranca gritos la vista de nuestra tierra.
XVIII
Es la oración; las campanas con golpe pausado suenan; con el morral a la espalda vamos subiendo la cuesta.
XIX
Las brisas de las colinas bajan cargadas de esencia, la luna brilla redonda y el camino amarillea.
XX
Ladran alegres los perros detrás de las arboledas el corazón oprimido del gozo palpita y tiembla...
XXI
Caminamos... Caminamos... y blanqueas... y blanquean... y se abren con ruido de las cabañas las puertas.
XXII
Lágrimas, gritos, suspiros, besos y sonrisas tiernas, entre apretados abrazos y entre emociones revientan.
XXIII
¡Oh libertad que perfumas las montañas de mi tierra, deja que aspiren mis hijos tus olorosas esencias!.
Letra: Epifanio Mejía
Música: Gonzalo Vidal
A la llegada de los españoles, las tierras de nuestra actual Antioquia ya estaban habitadas, en ellas vivían tribus indígenas pertenecientes a la gran familia Caribe. En el golfo de Urabá vivían los Urabaes y los Cunas; los Tahamíes se ubicaban entre los ríos Porce y Magdalena; los Nutabes estaban localizados entre los ríos Cauca y Porce, encontrándose también muchos otros, como los Quimbayas que se encontraban al sur, en las tierras donde actualmente se sitúan los municipios de Abejorral y Sonsón.
Tres años después de la llegada de Cristóbal Colon a tierras panameñas, entre los años 1500 y 1501 los expedicionarios conquistadores: Rodrigo de Bastidas, Juan de la Cosa y Vasco Núñez de Balboa, recorren la costa caribe desde el Cabo de la Vela hasta el golfo de Urabá, como producto de la ocupación, los caciques Urabá y Darién fueron sometidos en 1504 por Juan de la Cosa. En 1510, Alonso de Ojeda llega a las costas del golfo de Urabá, en donde construyó una fortaleza que llamó San Sebastián de Urabá. Por iniciativa de Vasco Núñez de Balboa pasaron al litoral opuesto y fundaron a Santa María de La Antigua, convertida por ellos en la base donde partieron las exploraciones y expediciones de la época; esta población subsistió hasta 1524. Desde allí partieron los peninsulares para reasentarse en el sitio del actual Necoclí, hecho cumplido por Alonso de Heredia en 1535, con el nombre de San Sebastián de Buena Vista. Un año después, en 1536, Pedro de Heredia realizó una expedición por el río Atrat o y a la serranía de Abibe. En 1537, Francisco César llegó hasta el sitio de Ituango y luego lo hizo Juan Badillo, quien siguiendo por las márgenes del río Cauca fue a dar a Cali, en donde se encontró con Jorge Robledo en 1540.
En el año de 1541 Jorge Robledo, parte desde Cali al territorio antioqueño, el 24 de agosto del mismo año, Jerónimo Luis Tejelo descubrió el Valle de Aburrá, en ese momento se llamó Valle de San Bartolomé. Continuando con el viaje hacia el Occidente, Jorge Robledo funda la Ciudad de Antioquia el 4 de Diciembre de 1541, la cual es trasladada el 7 de Septiembre de 1542 por Juan de Cabrera, al Valle de Nori o Nore occidente del río cauca. En 1587 Don Gaspar de Rodas la ubica en el sitio actual; a orillas del río Tonusco en junio de 1546 con el nombre de Santa Fe de Antioquia.
El departamento de Antioquia comienza su vida como entidad territorial, cuando se ordena su separación de la Gobernación de Popayán y se crea la de “Entre dos Ríos” (Río Magdalena y Cauca) el 30 de noviembre de 1569, con el nombre de Provincia de Antioquia, en cabeza de Don Andrés Valdivia como Gobernador . El 30 de octubre de 1584 por medio de una Real Cédula, el Rey Felipe II amplió el territorio, incluyendo la Ciudad de Antioquia, que para la fecha pertenece a la jurisdicción de Popayán; hasta el Río Atrato e incluyendo la culata del Golfo de Urabá, para ese entonces el Gobernador era Don Gaspar de Rodas . Más adelante el 4 de julio de 1756 y por virtud de un decreto del Virrey Solís, todo el territorio de lo que comprendía entonces Marinilla que había pertenecido al gobierno de Mariquita, pasó a incorporase a la Provincia de Antioquia, por lo cual en esta fecha vino a tener la Provincia su mayor extensión territorial.
Andrés de Valdivia, cuyos títulos fueron despachados en Madrid el día 24 de agosto de 1569, después de la creación de la Provincia y Gobernación de Antioquia, fue considerado el primer Gobernador de Antioquia; debido a la muerte trágica de Valdivia, los vecinos de la Villa de Antioquia despacharon hacia la Real Audiencia de Bogotá informes y solicitudes de encargar de las responsabilidades, de contener los desmanes y peligros que se venían a propósito de la creciente insurrección de los indígenas.
Gracias a la estima que Don Gaspar de Rodas le tenía al licenciado Francisco Briceño, quien presidía la Real Audiencia de Bogotá, por título fechado en Santafé de Bogotá en agosto de 1575 se le encarga castigar a los responsables y se le da el cargo de Capitán y Justicia Mayor, además de conquistar y poblar la provincia teatro del delito cometido contra Valdivia. Pasado este acontecimiento, y en la vía de exploración y reconocimiento de la comarca, Rodas fundó una población cerca del sitio donde había muerto Valdivia, a la que dio el nombre de Cáceres en recuerdo de otra del mismo nombre en Extremadura en el año de 1576.
Con la segunda insurrección de los indios de Gualí y Guasquia, nuevamente se le encarga a Don Gaspar la tarea de dominar la situación, la Real Audiencia queda satisfecha con el éxito de Rodas y deciden nombrarlo en propiedad Gobernador de la provincia de “Entre los Ríos”, nombramiento que tuvo lugar en el año de 1577, el Real Consejo despachó Cédula en Madrid el 13 de octubre de 1578 confirmando a Rodas en el gobierno de la Provincia, exceptuando la Villa de Santa Fe de Antioquia.
Zaragoza de las Palmas es fundada a mediados de 1581, su fundación se realizo con todos los actos y ceremonias acostumbrados en nombre del Rey Felipe II, allí no se producía sino oro, pero este daba para introducir todo lo demás. Conviene de una vez anotar que la noticia de los nuevos filones hallados en Zaragoza se extendía con tal fama, que un año después de su fundación, o sea en 1582, esta poseía cada real de fundición y oficina de tesoro real donde era también depositado el oro de Buriticá y Cáceres3.
Desde el año 1584 para organizar la labor de las minas, Rodas dictó ordenanzas especiales que luego complementó en fechas posteriores de acuerdo con las nuevas necesidades.
El visitador y gobernante Francisco Herrera Campuzano, por provisión de la Audiencia fechada en Santa Fe de Bogotá el 7 de febrero de 1614, se le encargó la visita de los naturales de la Provincia de Antioquia. En el año de 1615 ordenó la erección de tres poblados que fueron San Juan del Pié de la Cuesta (hoy San Jerónimo), Nuestra Señora de Sopetrán y San Lorenzo de Aburrá, este último donde hoy se encuentra el barrio El Poblado de Medellín. Más tarde el 2 de noviembre de 1675, al gobernador Miguel de Aguinaga vino a tocarle en turno el honor de erigir solemnemente la Villa de Nuestra Señora de la Candelaria de Medellín. De 1626 a 1644 comienza la ocupación económica del Valle de Aburrá; y finalmente en 1646 se traslada el poblado de San Lorenzo al sitio de Aná, en el ángulo que forman el Río Medellín con la quebrada Santa Elena, sitio que hoy corresponde al centro de la actual capital antioqueña.
Nombrado Gobernador de la Provincia de Antioquia el 22 de noviembre de 1753, entra a ejercer el mando el 10 de mayo de 1755. Por orden superior levantó el plano del dique en Cartagena, calculo y proyectó su apertura. También se le encargó levantar el plano del Río Magdalena, su periodo de gobierno estuvo marcado por la Pragmática-Sanción del 27 de febrero de 1767, del Rey Carlos III, sobre el extrañamiento de los jesuitas de España y sus dominios. Con el propósito de atenuar los efectos de la expulsión de los Jesuítas, promovió la fundación en la ciudad de Antioquia de una catedral de gramática y retórica, designo a cardo de Don Francisco Balbín la escuela pública de abecedario.
Ejerció el mando desde el 29 de octubre de 1775, designado por Decreto del 21 de diciembre de 1774 por el Virrey Don Manuel de Guirior. Como principal aporte tenemos el de sugerir por medio de dos informes presentados al Virrey con fechas del 8 de mayo y el 4 de junio de 1776, la construcción de dos vías terrestres para comunicar a Santa Fe de Antioquia con el Magdalena por la vía de Sonsón y la otra para comunicar a su vez por Ayapel, en busca de una salida al Mar.
En la segunda administración de Don Francisco Silvestre, su título se expidió en Aranjuez (Madrid) el 16 de abril de 1780 y se posesionó el 11 de octubre de 1782, se destacan las siguientes acciones: como lo había sugerido en el primer mandato, en el segundo llevó a efecto por decreto del Arzobispo Virrey Caballero y Góngora, el traslado de la ciudad de Arma, que como se dijo carecía de las condiciones indispensables para la vida económica a San Nicolás de Rionegro. Más tarde fue de hecho aprobado lo hecho el 25 de agosto de 1783, por el Arzobispo Virrey y años después el 25 de septiembre de 1786, confirmado por una Real Cédula fechada en San Ildefonso, en la que se concedían a la nueva ciudad, todos los privilegios, armas y prerrogativas de la antigua4.
El señor Silvestre debió abandonar el cargo de Gobernador el 27 de julio de 1785, porque para la fecha Mon y Velarde expone en un documento el haber reasumido las funciones de Gobernador, aunque figura el 9 de agosto como de simple cumplido.
Una figura que marco el fin del siglo XVIII y determinó el desarrollo de la Provincia Antioqueña, es sin lugar a dudas Don Antonio Mon y Velarde, el cual se posesionó como Oidor en Santafé de Bogotá el 30 de Octubre de 1781, ejerció el cargo en Bogotá hasta el 31 de mayo de 1785 y luego pasó en su calidad de Visitador con atribuciones de Gobernante, a la Provincia de Antioquia, entre los muchos aportes que hizo tenemos el de reorganizar la administración pública, los archivos y escribanías. Fomentó la minería a través del establecimiento de oportunas ordenanzas y de igual forma dio instrucciones con respecto a la agricultura, para cuyo fomento repartió semillas y estableció un premio para los cultivos en mayor escala. Para prevenir los estragos del hambre, ordenó la fundación de graneros públicos.
El señor Silvestre debió abandonar el cargo de Gobernador el 27 de julio de 1785, porque para la fecha Mon y Velarde expone en un documento el haber reasumido las funciones de Gobernador, aunque figura el 9 de agosto como de simple cumplido.
Una figura que marco el fin del siglo XVIII y determinó el desarrollo de la Provincia Antioqueña, es sin lugar a dudas Don Antonio Mon y Velarde, el cual se posesionó como Oidor en Santafé de Bogotá el 30 de Octubre de 1781, ejerció el cargo en Bogotá hasta el 31 de mayo de 1785 y luego pasó en su calidad de Visitador con atribuciones de Gobernante, a la Provincia de Antioquia, entre los muchos aportes que hizo tenemos el de reorganizar la administración pública, los archivos y escribanías. Fomentó la minería a través del establecimiento de oportunas ordenanzas y de igual forma dio instrucciones con respecto a la agricultura, para cuyo fomento repartió semillas y estableció un premio para los cultivos en mayor escala. Para prevenir los estragos del hambre, ordenó la fundación de graneros públicos.
Se menciona que estableció escuelas oficiales en Antioquia y Medellín, en esta última hizo conducir agua potable para el abastecimiento, con los correspondientes desagües subterráneos; ordenó la construcción del primer puente sobre el Río Medellín, del matero público y de la casa capitular, a la vez que hizo numerar las casas y poner nombre a las calles, fortaleció las finanzas y rentas del real servicio.
Como resultado de los hechos ocurridos el 20 de julio de 1810, del 30 de agosto al 7 de septiembre de ese mismo año se reunieron en Santa Fe de Antioquia representantes de los cabildos de Medellín, Rionegro y Marinilla para crear una junta provincial que asumiera la autoridad en Antioquia. Dicha junta, y como lo expresamos previamente por medio de la Constitución Provisional de 1811 asume el nombre de Estado Soberano, unido a las demás provincias del Nuevo Reino de Granada, en forma federativa. Ese mismo año se instaló la primera Asamblea Constituyente, que el 21 de marzo de 1812 aprobó la Constitución del Estado de Antioquia. Así quedó Antioquia como una de las provincias unidas de la Nueva Granada.
La Provincia asume el nombre de Estado Soberano, en consonancia con su primera Constitución la cual se denominó “Constitución del Estado de Antioquia” (Archivo Histórico de Antioquia, 1811), se señala como término de duración de 1810 a 1819, porque Establecida la República de Colombia por el Congreso de Angostura (1819), el Estado de Antioquia perdió su soberanía, ya que entró a formar parte de un Gobierno Central. El 11 de agosto de 1813, Don Juan del Corral, quien había sido elegido dictador de la Provincia de Antioquia, proclama la Independencia absoluta de Antioquia, el acto de independencia en uno de sus apartes reza de la siguiente forma5:
"El Estado de Antioquia no reconoce a su Rey Fernando VII, ni a toda autoridad que no emane directamente del pueblo o de sus representantes, rompiendo enteramente la Unión política de dependencia con la Metrópolis, quedando separado por siempre de la Corona y del Gobierno de España."
Cabe mencionar que no es posible hablar de la Independencia de Antioquia, sin tocar la Batalla de Chorros Blancos, librada el sábado 12 de febrero de 1820, con el propósito de recuperar la Provincia de Antioquia, el general Francisco Warleta, en cabeza de 300 soldados, intentaba recuperar el control y llegar hasta Perú con el fín de recaudar los recursos suficientes para financiar una segunda reconquista de la Nueva Granada; en el alto de Boquerón, en jurisdicción del municipio de Yarumal, fueron derrotados en cruenta batalla por el Teniente Coronel José María Córdova, que para ese momento con apenas veinte años ya era Gobernador de la Provincia de Antioquia.
El período siguiente comprendido entre 1829 a 1851 Antioquia se sumió en dos guerras civiles, en la primera, el General José María Córdova se alzo en armas contra la dictadura del Libertador Simón Bolívar. En la Segunda, algunos conservadores se rebelaron empuñando la bandera del federalismo, contra el gobierno liberal de José Hilario López; al que consideraban enemigo de la religión y de la propiedad.
La Ley del 15 de mayo de 1851 dividió la Provincia de Antioquia para su mejor administración, en tres Provincias: Primera Antioquia con capital en la ciudad de su mismo nombre, compuesta por los Cantones de Antioquia y Santa Rosa; Segunda Medellín, con capital en la ciudad de su mismo nombre, compuesta por los Cantones de Medellín y Nordeste, y el Distrito parroquial de Santo Domingo, exceptuando la parte de su territorio comprendida entre la bodega de Remolino y el puente del río Nare, que se agregó a la aldea de Canoas; Tercera Córdoba, su capital la ciudad de Rionegro, compuesta de los Cantones de Rionegro, Marinilla y Salamina.
La Ley del 14 de abril de 1855 restableció la antigua Provincia de Antioquia, compuesta de las Provincias de Antioquia, Medellín y Córdoba, dándole por capital la ciudad de Medellín. La Provincia reintegrada debía constituirse por una legislatura compuesta de tantos Diputados cuantos correspondiesen a razón de uno por cada cuatro mil habitantes, la cual se reuniría en Medellín el 1° de septiembre del mismo año de 1855, y ese mismo día dejarían de existir las tres provincias indicadas quedando verificada la reintegración. El artículo 6°, último de la ley, dispone que la nueva Provincia de Antioquia tenía derecho a las tierras baldías que, conforme a las leyes vigentes, correspondían a las provincias que la formaban.
La Ley 11 de junio de 1856 creó el Estado de Antioquia compuesto de la Provincia de ese mismo nombre, como condición principal se establece que el Estado dependería de la Nueva Granada en estos asuntos: todo lo relativo a relaciones exteriores, organización y servicio del Ejército permanente y de la Marina de Guerra, crédito nacional, naturalización de extranjeros, rentas y gastos nacionales, el uso del pabellón y escudo de armas de la República, lo relativo a las tierras baldías que se reservaba la Nación, pesos, pesas y medidas oficiales.
En el período comprendido entre 1856 y 1885, Antioquia floreció social y económicamente. La población antioqueña tuvo un alto crecimiento y un nivel educativo muy desarrollado. Lo anterior asociado a la inversión y explotación minera, a los procesos de colonización del sur, a una distribución de la propiedad territorial más amplia que en otras regiones del país, al grado de movilidad social, al intercambio comercial y al alto ingreso por exportaciones, dieron como resultado la consolidación del proceso económico y social, que en la segunda mitad del siglo XIX hicieron florecer la industria, facilitando el ascenso al poder de los políticos antioqueños a los poderes nacionales.
En el año de 1860 Antioquia salió en defensa del Gobierno de la Confederación Granadina, una vez agotados los recursos y con la intensión de hacer frente a la revolución del año 1862, el Gobernador del Estado de Antioquia, según convenio celebrado en la Aldea de María el 13 de Octubre de 18622, se sometió pacíficamente el Estado al Gobierno de los Estados Unidos de Colombia.
Una vez incorporado el Estado a los Estados Unidos de Colombia que había surgido de la revolución, se le denominó Estado Soberano de Antioquia; se continuaron observando las leyes vigentes el 13 de octubre del mismo año7.
Posteriormente en el año de 1863 se expidieron dos constituciones, la primea el 26 de enero y la segunda el 29 de mayo8. La Constitución del 26 de enero declaró al Estado parte integrante de los Estados Unidos de Colombia, dependiente del Gobierno General en los negocios que determina el Pacto de la Unión firmado en Bogotá el 20 de septiembre de 1861. Ésta constitución no rigió, puesto que de acuerdo con su artículo 109 su vigencia comenzaba el 1° de junio de 1863, antes de esta fecha se sancionó la de 29 de mayo del mismo año.
La guerra interior del Estado que comenzó en diciembre de 1863, trajo como consecuencia un cambio de Gobierno, por lo tanto se establecieron nuevas leyes y una nueva Constitución. El Estado subsistió hasta el 7 de septiembre de 1886 cuando entra en rigor la Constitución Política Colombiana de 1886 y pasa a llamarse Departamento de Antioquia.
La Constitución de 1886 estableció que las Secciones que componían la Unión Colombiana, denominadas Estados y Territorios Nacionales, continuaran siendo partes territoriales de la República de Colombia, conservando los mismos límites que tenían y bajo la denominación de Departamento (Art. 4°), de esta forma el antiguo Estado Soberano de Antioquia pasa a ser llamado Departamento de Antioquia.
La primera concesión extensa de tierras baldías, hecha por la Corona Española, parece haber tenido lugar en 1763, cuando la Real Audiencia de Santafé de Bogotá concedió a Don Felipe Villegas, una extensa porción de tierras al sur de la Provincia de Antioquia, entre los ríos Piedras, Buey y Arma, donde hoy están situados los municipios de Sonsón y Abejorral.
El día 11 de diciembre de 1800 fue erigida una viceparroquia en Sonsón, en virtud de un decreto expedido entonces por el Obispo de Popayán, Don Ángel Velarde y Bustamante. En el año de 1808 fue elevado a la categoría de municipio y como fundador de la ciudad es considerado Don José Joaquín Ruiz y Zapata, por haber sido éste a quien capituló esas tierras el Virrey de entonces, Don Antonio Amar y Borbón.
Entre los año 1801 y 1805, José Antonio heredero del señor Felipe Villegas, fundó la ciudad de Abejorral, la cual en el año de 1808 ya tenía casas y calles trazadas, su primer nombre fue el de “Sitio de Nuestra Señora del Carmen”, luego cambio por el actual, en 1814 fue elevado el poblado a la categoría de municipio. Es de destacar que la colonización del actual Departamento de Caldas, tiene sus orígenes en los pobladores de Sonsón y Abejorral.
DUQUE BETANCUR, Francisco. Historia del Departamento de Antioquia: Épocas Del Descubrimiento y Conquista, Colonia, Independencia y República. 2ª Edición Corregida: Editorial Albon – Interprint S. A. 1 de agosto de 1968.
ANTIOQUIA, Gobernación. Generalidades del Departamento de Antioquia: Boletín Capítulo 1. [s.f.]. Recuperado: http://www.antioquia.gov.co/PDF2/2_Generalidades.pdf [17 de Octubre de 2013]
COMISIÓN COROGRÁFICA. Instituto Agustín Codazzi. Jeografía Física y Política de las Provincias de la Nueva Granada. Edición original: Bogotá, Imprenta del Banco de la República. 1958. Recuperado: http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/historia/jeografia/indice.htm [17 de Octubre de 2013]
Independencia del Estado de Antioquia, 2 mayo de 2012. Recuperado: http://www.historiadeantioquia.info/historia-de-antioquia/independencia-del-estado-de-antioquia.html [17 de Octubre de 2013]
NOMBRES | FECHA |
Eduardo Vásquez Jaramillo | 30 de abril de 1910 al 12 de abril de 1911 |
Pedro José Berrío | 17 de abril de 1911 al 21 de enero de 1912 |
Clodomiro Ramírez | 22 de enero de 1912 al 30 de octubre de 1913 |
Francisco E. Tobar | 19 de mayo al 30 de julio de 1912 |
Carlos Cock | 30 de octubre de 1913 al 13 de agosto 1914 |
Pedro José Berrío | 13 de agosto de 1914 al 18 de septiembre de 1918 |
Pedro Nel Ospina | 18 de septiembre de 1918 al 12 de abril de 1920 |
Jesús María Marulanda | 12 de abril al 27 de abril de 1920 |
Julio E. Botero | 27 de abril de 1920 al 30 de junio de 1921 |
Manuel María Toro | 30 de junio de 1921 al 2 de mayo de 1922 |
Jesús María Marulanda | 2 de mayo al 10 mayo de 1922 |
Francisco de Paula Pérez | 10 de mayo al 31 de mayo de 1922 |
Jesús María Marulanda | 1 de junio al 22 de diciembre de 1922 |
Jorge Escobar | Hasta el 4 de enero de 1923 |
Ricardo Jiménez Jaramillo | 4 de enero de 1923 al 3 de noviembre de 1926 |
José Dolores Bernal | 4 de noviembre al 11 de noviembre de 1926 |
Pedro José Berrío | 11 de noviembre de 1926 al 30 junio de 1929 |
Francisco de Paula Pérez | 24 de diciembre al 30 de diciembre de 1927 y del diciembre al 31 de diciembre de 1928 |
Camilo Claudio Restrepo | 1 julio de 1929 al 20 de julio de 1930 y del 25 de agosto al 17 de septiembre 1930 |
Miguel Moreno Jaramillo | 21 de julio al 6 de agosto de 1930 |
José Dolores Bernal | 7 de agosto al 24 de agosto de 1930 y del 18 de septiembre al 28 de octubre de 1930 |
Carlos Cock | 27 de enero al 17 de abril de 1931, del 1 de mayo al 8 de junio de1931 y del 13 a 19 julio 1931 |
Aurelio Mejía | 8 de junio al 12 de junio de 1931 |
Carlos Cock | 12 de septiembre al 30 de diciembre de 1931, 7 de enero al 16 de enero de 1932 y del 16 de febrero al 29 de marzo de 1932 |
Rafael del Corral | 29 de octubre de 1930 al 26 de enero de1931 |
Jorge Restrepo Hoyos | 17 de abril al 30 de abril y del 19 de junio al 11 de septiembre de 1931 |
Alberto Angel | 31 de diciembre de 1931 al 6 de enero de 1932 y del 16 de enero al 15 de febrero de 1932 |
Julián Uribe Gaviria | 29 de marzo al 17 de diciembre de 1932 y del 10 de enero de 1933 al 29 de agosto de 1934 |
José Miguel Jiménez | 18 de diciembre de 1932 al 9 de enero de 1933 |
Germán Sierra | 20 de al 25 de julio de 1933 |
Eleuterio Serna | 17 de agosto al 20 de septiembre de 1933 |
Ricardo Uribe Escobar | 24 de noviembre al 4 de diciembre de 1933 |
Juan J. Angel | 29 de agosto de 1934 al 28 de agosto de 1935 |
Aurelio Mejía | 28 de agosto al 10 de noviembre de 1935 |
Jesús Echeverri Duque | 11 de noviembre de 1935 al 15 de marzo de 1936 |
Eduardo Uribe Botero | 7 de dicembre al 22 de diciembre de1935 |
Francisco Cardona Santa | 16 de marzo de 1936 al 18 de enero de 1937 |
Julián Uribe Gaviria | 18 de enero al 25 enero 1937 |
Jaime Arango Velásquez | 25 de enero al 9 de julio de 1937 |
Juan de J. Peláez | 4 de febrero al 10 de febrero de 1937 |
Alberto Jaramillo Sánchez | 9 de julio de 1937 al 5 de agosto de 1938 |
Pedro María Botero | 9 de noviembre al 20 de noviembre de 1937 y del 7 al 16 agosto de 1938 |
Eduardo Uribe Botero | 16 de agosto al 17 diciembre de 1938 |
Eduardo Correa Villa | 17 de diciembre de 1938 al 15 de enero de 1939 |
Emilio Montoya Gaviria | 16 de enero al 29 de julio de 1939 |
Aurelio Mejía | 4 de agosto de 1939 al 25 agosto 1940, 18 de octubre de 1940 al 18 de julio de 1942, 29 de julio al 4 de agosto de 1939, 3 de diciembre al 18 de diciembre de 1939, 26 de diciembre de 1939 al 16 a 29 marzo 1940, 15 abril al 18 abril 1940, 24 de agosto al 18 octubre 1940, 12 de diciembre al 26 de diciembre de 1940 y del 24 de enero al 6 de febrero de 1941 |
Luis Guillermo Echeverri | 8 de julio al 20 de julio de 1941 |
Pedro María Botero | 18 de julio al 9 de septiembre de 1942 |
Pedro Claver Aguirre | 9 de septiembre de 1942 al 26 de abril de 1944 |
Alberto Jaramillo Sánchez | 26 de abril de 1944 al 1 de marzo de 1945 |
Alfonso Orozco V. | 1 de marzo al 21 de junio de 1945 |
Germán Medina | 21 de junio de 1945 al 12 de agosto de 1946 |
José María Bernal | 13 de agosto de 1946 al 12 de noviembre de 1947 |
Antonio J. Uribe | 12 de noviembre de 1947 al 10 de abril de 1948 |
Dionisio Arango Ferrer | 10 de abril de 1948 al 4 de diciembre de 1948 |
Fernando Gómez Martínez | 4 de diciembre de 1948 al 22 julio 1949 |
Alfonso Restrepo M. | 22 de julio al 8 de octubre de 1949 |
Eduardo Berrío G. | 8 de octubre de 1949 al 21 de agosto de 1950 |
Braulio Henao Mejía | 21 de agosto de 1950 al 15 diciembre 1951 y del 21 de enero al 31 de julio de 1952 |
Julián Uribe Cadavid | 15 de diciembre de 1951 al 21 de enero de 1952 |
Dionisio Arango Ferrer | 31 de julio de 1952 al 18 de junio de 1953 |
Coronel Pioquinto Rengifo | 18 de junio de 1953 al 6 de octubre de 1956 y del 10 de mayo de 1957 al 13 de enero de 1958 |
General Gustavo Sierra O. | 6 de octubre de 1956 al 28 de enero de 1957 |
Antonio Mesa Gómez | 29 de diciembre de 1956 al 10 de enero de 1957 y del 22 de enero al 7 de febrero de 1957 |
Gustavo Quintero Santofimio | 8 de febrero al 10 de mayo de 1957 |
Rafael Restrepo Maya | 13 de enero al 5 de febrero de 1958 |
Darío Múnera Arango | 6 de febrero al 22 de agosto de 1958 |
Darío Mejía Medina | 22 de agosto de 1958 al 18 de abril de 1959 |
Alberto Jaramillo Sánchez | 18 de abril de 1959 al 1 de julio de 1960 |
José Roberto Vásquez | 1 de julio de 1960 al 14 de enero de 1961 |
Álvaro Arango Gutiérrez (E) | 2 al 6 de julio de 1960 |
Ramón Abel Castaño (E) | 26 al 27 de agosto de 1960 |
Ignacio Vélez Escobar | 14 de enero al 3 de noviembre de 1961 |
Jorge Ortiz Rodríguez | 24 de noviembre de 1961 al 11 de septiembre de 1962 |
Carlos Ayora Moreno | (Encargado) |
Fernando Gómez Martínez | 11 de septiembre de 1962 al 28 de junio de 1963 |
Mario Aramburo Restrepo | 28 de junio de 1963 al 19 de octubre de 1965 |
Octavio Arismendi Posada | 16 de septiembre de 1968 |
Jorge Pérez Romero | 16 de septiembre de 1968 al 28 agosto 1970 |
Diego Calle Restrepo | 28 de agosto de 1970 al 18 de abril de 1973 |
Luis Guillermo Gómez A. | 18 de abril al 3 de mayo de 1973 |
Ignacio Betancur Campuzano | 4 de mayo de 1973 al 18 de agosto de 1974 |
Jaime R. Echavarría Villegas | 19 de agosto de 1974 al 30 d agosto de 1975 |
Oscar Montoya Montoya | 1 de septiembre de 1975 al 9 de septiembre de 1976 |
Jaime Sierra García | 10 de septiembre de 1976 al 1 de septiembre de 1978 |
Rodrigo Uribe Echavarría | 2 de septiembre de 1978 al 5 de junio de 1980 |
Donato Duque Patiño (E) | 20 de noviembre de 1979 al 9 de enero de 1980 |
Álvaro Villegas Moreno | 6 de junio de 1980 al 12 de marzo de 1981 |
Oscar Madrid Botero (E) | 13 al 22 de marzo de 1981 |
Iván Duque Escobar | 23 de marzo de 1981 al 20 de agosto de 1982 |
Gabriel Sonny Londoño J. (E) | 25 de marzo al 7 de abril de 1982 |
Álvaro Villegas Moreno | 20 de agosto al 28 de diciembre de 1982 |
Daniel Villegas D. (E) | 29 de diciembre de 1982 al 21 de enero de 1983 |
Nicanor Restrepo Santamaría | 21 de enero de 1983 al 26 de abril de 1984 |
Luis Eduardo Mesa Velásquez ( E) | 16 de octubre de 1965 al … |
Bernardo de J. Guerra Serna | 25 de agosto al 17 de octubre de 1986 |
Antonio Yepes Parra | 17 de octubre de 1986 al 17 de mayo de 1987 |
Orlando Vásquez V. (E) | 18 al 29 de mayo de 1987 |
Fernando Panesso Serna | 29 de mayo de 1987 al 22 de agosto de 1988 |
Antonio Roldán Betancur | 22 de agosto de 1988 al 4 de julio de 1989 |
Pedro Pablo Betancur T. (E) | 4 de julio de 1989 al 1 de agosto de 1989 |
Helena Herrán de Montoya | 1 de agosto de 1989 al 28 de agosto de 1990 |
Alberto Vásquez Restrepo | 26 de abril de 1984 al 25 de agosto de 1986 |
Gilberto Echeverri Mejía | 28 de agosto de 1990 al 1 de enero de 1992 |
Juan Gómez Martínez | 2 de enero de 1992 al 7 de agosto de 1994 |
Ramiro Valencia Cossio (E) | 8 de agosto al 31 de diciembre de 1994 |
Alvaro Uribe Vélez | 2 de enero 1995 al 31 de diciembre de 1997 |
Alberto Builes Ortega | 2 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 2000 |
Guillermo Gaviria Correa | 2 de enero de 2001 al 24 de abril de 2002 |
Eugenio Prieto Soto (E) | 25 de abril de 2002 al 31 de diciembre de 2003 (1) |
Aníbal Gaviria Correa | 2 de enero de 2004 a diciembre 2007 |
Luis Alfredo Ramos Botero | 1 enero de 2008 al 31 diciembre de 2011 |
Sergio Fajardo Valderrama | 1 de enero de 2012 a la fecha |
Convenciones: (...) No se recibió información (La fuente no reportó el dato). ( ) Casilla en blanco ó ( - ): No fue posible conseguir el dato porque las entidades externas no lograron publicar las cifras oficiales en las fechas requeridas ó No existe el dato. (pr) Datos provisionales. (e) Datos estimados. (py) Datos proyectados. (1) Nombrado mediante Acta No. 24 de la Asamblea Departamental a partir del 25 abril 2002 y ratificado mediante Decreto Nacional No. 2556 de noviembre 8 del 2002. NOTA: A partir de enero de 2004, los Gobernadores son elegidos popularmente para un período de 4 años, de conformidad con el artículo 303 de la Constitución Nacional, modificado por el acto legislativo No. 02 de 2002. FUENTE: SIERRA GARCÍA, Jaime. Cronología Antioqueña. Medellín : Cámara de Comercio de Medellín , 1997. 458 p. |
DIRECTORES | PERÍODO DE EJERCICIO |
César Valencia Duque | Febrero 15 de 1960 |
Gilberto Londoño Mesa | Octubre 7 de 1963 a marzo de 1964 |
Julio de 1964 a enero de 1965 | |
Eliseo Restrepo Londoño | Enero de 1965 |
Raúl Aguilar Rodas | Agosto 8 de 1966 a octubre 27 de 1966 |
Carlos Enrique Botero O. | Febrero 14 de 1967 a mayo 27 de 1967 |
Orión Álvarez Atehortúa | Septiembre 27 de 1968 a julio 5 de 1970 |
Silvia M. Molina Ospina | Octubre 2 de 1970 a junio 30 de 1971 |
Héctor Ospina Botero | Agosto 19 de 1971 a mayo 9 de 1973 |
Juan M. Cock Londoño | Mayo 10 de 1973 a julio 28 de 1974 |
Alvaro Mora Ramírez | Agosto 22 de 1974 a agosto 31 de 1975 |
José M. Prada Girón | Septiembre 3 de 1975 a mayo 9 de 1976 |
Sebastián López | Mayo 10 de 1976 a septiembre 16 de 1976 |
Jorge Cadavid López | Septiembre 16 de 1976 a junio 19 de 1977 |
Walter Vélez Trujillo | Junio 2 de 1977 a abril 1 de 1978 |
Gabriel Cipriano Díez | Abril 5 de 1978 a septiembre 18 de 1978 |
Martha Lucía Pérez de Franco | Septiembre 19 de 1978 a septiembre 30 de 1979 |
Rafael Awad Zainette | Octubre 16 de 1979 a octubre 8 de 1980 |
Fernando Panesso Serna | Octubre 9 de 1980 a agosto 23 de 1982 |
Martha Fernández Flórez | Agosto 25 de 1982 a enero 26 de 1983 |
Luis Alberto Zuleta Jaramillo | Enero 27 de 1983 a enero 31 de 1984 |
Gabriel Martínez Peláez (E) | Febrero 1984 a mayo 5 de 1984 |
Jairo Sierra Múnera | Mayo 5 de 1984 a agosto 24 de 1986 |
Pedro Pablo Betancur Toledo | Agosto 25 de 1986 a marzo 6 de 1987 |
Cordelia Tamayo Cárdenas | Marzo 6 de 1987 a junio 2 de 1987 |
Luis Pérez Gutiérrez | Junio 2 de 1987 a julio 31 de 1989 |
Marco Alberto Jaramillo Guzmán | Agosto 5 de 1989 a enero 8 de 1990 |
Stella Salazar de Aldana | Enero 9 de 1990 a agosto 30 de 1990 |
Juan Manuel Restrepo Vélez | Agosto 31 de 1990 a enero 1 de 1992 |
Ramiro Valencia Cossio (E) | Enero 2 de 1992 a enero 26 de 1992 |
Zoraida Gaviria Gutiérrez | Enero 27 de 1992 a diciembre 31 de 1994 |
Vladimir González González | Enero 2 de 1995 a diciembre 31 de 1997 |
Mauricio Restrepo Gutiérrez | Enero 2 de 1998 a abril 27 de 2000 |
Luz Mary Álvarez Grajales | Mayo 8 de 2000 a diciembre 31 de 2000 |
Héctor Eugenio Hoyos Duque (E) | Enero 4 de 2001 a febrero 4 de 2001 |
Lucia Victoria González Duque | Febrero 5 de 2001 a abril 8 de 2003 |
Alvaro Berdugo López | Abril 9 de 2003 a diciembre 31 de 2003 |
Pedro Juan González Carvajal | Enero 2 de 2004 a diciembre 31 de 2007 |
Ana Cristina Moreno Palacios | Enero 2 de 2008 a diciembre 31 de 2011 |
María Eugenia Ramos Villa | Enero 1 de 2012 a la fecha |
Convenciones: (...) No se recibió información (La fuente no reportó el dato). ( ) Casilla en blanco ó ( - ): No fue posible conseguir el dato porque las entidades externas no lograron publicar las cifras oficiales en las fechas requeridas ó No existe el dato. (pr) Datos provisionales. (e) Datos estimados. (py) Datos proyectados. NOTA: El Departamento Administrativo de Planeación fue creado por la Ordenanza N° 20 de noviembre 27 de 1958. FUENTE: Departamento Administrativo de Planeación de Antioquia. Dirección Sistema de Indicadores. |
CÓDIGO ZONA | CÓDIGO REGIÓN | CÓDIGO DANE | SUBREGIONES Y MUNCIPIOS | AÑO DE | |
Fundación | Erección | ||||
05 | |||||
SR01 | R01 | SR01 | VALLE DE ABURRÁ | ||
Z01 | R01 | '05001 | Medellín | 1616 | 1675 |
Z02 | R01 | '05079 | Barbosa | 1795 | 1812 |
Z02 | R01 | '05088 | Bello | 1676 | 1913 |
Z03 | R01 | '05129 | Caldas | 1840 | 1848 |
Z02 | R01 | '05212 | Copacabana | 1615 | 1812 |
Z03 | R01 | '05266 | Envigado | 1775 | 1814 |
Z02 | R01 | '05308 | Girardota | 1620 | 1833 |
Z03 | R01 | '05360 | Itaguí | 1743 | 1832 |
Z03 | R01 | '05380 | La Estrella | 1685 | 1833 |
Z03 | R01 | '05631 | Sabaneta | 1903 | 1968 |
SR02 | R02 | SR02 | BAJO CAUCA | ||
Z04 | R02 | '05120 | Cáceres | 1576 | 1903 |
Z04 | R02 | '05154 | Caucasia | 1918 | 1942 |
Z04 | R02 | '05250 | El Bagre | 1675 | 1980 |
Z04 | R02 | '05495 | Nechí | 1636 | 1982 |
Z04 | R02 | '05790 | Tarazá | 1953 | 1979 |
Z04 | R02 | '05895 | Zaragoza | 1581 | 1770 |
SR04,SR03 | R03,SR03 | SR03 | MAGDALENA MEDIO | ||
Z05 | R03 | '05142 | Caracolí | 1876 | 1964 |
Z05 | R03 | '05425 | Maceo | 1910 | 1942 |
Z06 | R03 | '05579 | Puerto Berrío | 1875 | 1881 |
Z06 | R03 | '05585 | Puerto Nare | 1857 | 1968 |
Z06 | R03 | '05591 | Puerto Triunfo | 1944 | 1978 |
Z06 | R03 | '05893 | Yondó | 1941 | 1979 |
SR03,SR04,SR05 | R04 | SR04 | NORDESTE | ||
Z07 | R04 | '05031 | Amalfi | 1838 | 1843 |
Z09 | R04 | '05040 | Anorí | 1808 | 1821 |
Z05 | R04 | '05190 | Cisneros | 1910 | 1923 |
Z08 | R04 | '05604 | Remedios | 1560 | 1840 |
Z05 | R04 | '05670 | San Roque | 1880 | 1884 |
Z05 | R04 | '05690 | Santo Domingo | 1778 | 1814 |
Z08 | R04 | '05736 | Segovia | 1869 | 1885 |
Z07 | R04 | '05858 | Vegachí | 1950 | 1984 |
Z07 | R04 | '05885 | Yalí | 1888 | 1960 |
Z07 | R04 | '05890 | Yolombó | 1560 | 1883 |
SR05,SR04 | SR05,SR04 | SR05 | NORTE | ||
Z10 | R05 | '05038 | Angostura | 1814 | 1822 |
Z11 | R05 | '05086 | Belmira | 1757 | 1814 |
Z10 | R05 | '05107 | Briceño | 1886 | 1981 |
Z10 | R05 | '05134 | Campamento | 1827 | 1835 |
Z09 | R05 | '05150 | Carolina del Príncipe | 1787 | 1814 |
Z11 | R05 | '05237 | Donmatías | 1787 | 1814 |
Z11 | R05 | '05264 | Entrerríos | 1830 | 1835 |
Z09 | R05 | '05310 | Gómez Plata | 1780 | 1903 |
Z09 | R05 | '05315 | Guadalupe | 1895 | 1965 |
Z12 | R05 | '05361 | Ituango | 1844 | 1847 |
Z12 | R05 | '05647 | San Andrés de Cuerquia | 1761 | 1856 |
Z11 | R05 | '05658 | San José de la Montaña | 1916 | 1965 |
Z11 | R05 | '05664 | San Pedro de los Milagros | 1757 | 1813 |
Z11 | R05 | '05686 | Santa Rosa de Osos | 1757 | 1814 |
Z12 | R05 | '05819 | Toledo | 1757 | 1912 |
Z10 | R05 | '05854 | Valdivia | 1849 | 1912 |
Z10 | R05 | '05887 | Yarumal | 1787 | 1821 |
SR06 | R06 | SR06 | OCCIDENTE | ||
Z13 | R06 | '05004 | Abriaquí | 1821 | 1912 |
Z14 | R06 | '05044 | Anzá | 1757 | 1813 |
Z14 | R06 | '05059 | Armenia | 1868 | 1894 |
Z14 | R06 | '05113 | Buriticá | 1614 | 1822 |
Z14 | R06 | '05125 | Caicedo | 1870 | 1908 |
Z13 | R06 | '05138 | Cañasgordas | 1782 | 1823 |
Z13 | R06 | '05234 | Dabeiba | 1850 | 1887 |
Z14 | R06 | '05240 | Ebéjico | 1830 | 1833 |
Z13 | R06 | '05284 | Frontino | 1806 | 1859 |
Z14 | R06 | '05306 | Giraldo | 1845 | 1865 |
Z14 | R06 | '05347 | Heliconia | 1814 | 1831 |
Z14 | R06 | '05411 | Liborina | 1832 | 1833 |
Z14 | R06 | '05501 | Olaya | 1773 | 1936 |
Z13 | R06 | '05543 | Peque | 1868 | 1915 |
Z14 | R06 | '05628 | Sabanalarga | 1614 | 1740 |
Z14 | R06 | '05656 | San Jerónimo | 1616 | 1757 |
Z14 | R06 | '05042 | Santa Fe de Antioquia | 1541 | 1541 |
Z14 | R06 | '05761 | Sopetrán | 1616 | 1814 |
Z13 | R06 | '05842 | Uramita | 1875 | 1979 |
SR07 | R07 | SR07 | ORIENTE | ||
Z15 | R07 | '05002 | Abejorral | 1805 | 1814 |
Z16 | R07 | '05021 | Alejandría | 1886 | 1907 |
Z15 | R07 | '05055 | Argelia | 1891 | 1961 |
Z17 | R07 | '05197 | Cocorná | 1793 | 1864 |
Z16 | R07 | '05206 | Concepción | 1771 | 1773 |
Z18 | R07 | '05148 | El Carmen de Viboral | 1800 | 1814 |
Z16 | R07 | '05541 | El Peñol | 1714 | 1774 |
Z18 | R07 | '05607 | El Retiro | 1790 | 1814 |
Z18 | R07 | '05697 | El Santuario | 1765 | 1838 |
Z16 | R07 | '05313 | Granada | 1807 | 1817 |
Z18 | R07 | '05318 | Guarne | 1757 | 1817 |
Z16 | R07 | '05321 | Guatapé | 1811 | 1867 |
Z18 | R07 | '05376 | La Ceja del Tambo | 1789 | 1814 |
Z18 | R07 | '05400 | La Unión | 1778 | 1911 |
Z18 | R07 | '05440 | Marinilla | 1690 | 1787 |
Z15 | R07 | '05483 | Nariño | 1827 | 1913 |
Z18 | R07 | '05615 | Rionegro | 1663 | 1783 |
Z16 | R07 | '05649 | San Carlos | 1786 | 1839 |
Z17 | R07 | '05652 | San Francisco | 1830 | 1986 |
Z17 | R07 | '05660 | San Luis | 1875 | 1882 |
Z16 | R07 | '05667 | San Rafael | 1864 | 1871 |
Z18 | R07 | '05674 | San Vicente | 1776 | 1814 |
Z15 | R07 | '05756 | Sonsón | 1800 | 1808 |
SR08 | R08 | SR08 | SUROESTE | ||
Z19 | R08 | '05030 | Amagá | 1788 | 1812 |
Z20 | R08 | '05034 | Andes | 1850 | 1853 |
Z19 | R08 | '05036 | Angelópolis | 1887 | 1896 |
Z20 | R08 | '05091 | Betania | 1889 | 1921 |
Z21 | R08 | '05093 | Betulia | 1848 | 1884 |
Z22 | R08 | '05145 | Caramanta | 1557 | 1842 |
Z20 | R08 | '05101 | Ciudad Bolívar | 1839 | 1869 |
Z21 | R08 | '05209 | Concordia | 1830 | 1877 |
Z19 | R08 | '05282 | Fredonia | 1790 | 1830 |
Z20 | R08 | '05363 | Hispania | 1925 | 1984 |
Z20 | R08 | '05364 | Jardín | 1863 | 1882 |
Z22 | R08 | '05368 | Jericó | 1851 | 1852 |
Z22 | R08 | '05390 | La Pintada | 1815 | 1997 |
Z22 | R08 | '05467 | Montebello | 1876 | 1913 |
Z22 | R08 | '05576 | Pueblorrico | 1866 | 1911 |
Z21 | R08 | '05642 | Salgar | 1880 | 1903 |
Z22 | R08 | '05679 | Santa Bárbara | 1774 | 1822 |
Z22 | R08 | '05789 | Támesis | 1858 | 1864 |
Z22 | R08 | '05792 | Tarso | 1912 | 1936 |
Z19 | R08 | '05809 | Titiribí | 1775 | 1807 |
Z21 | R08 | '05847 | Urrao | 1781 | 1834 |
Z22 | R08 | '05856 | Valparaíso | 1860 | 1864 |
Z19 | R08 | '05861 | Venecia | 1898 | 1909 |
SR09 | R09 | SR09 | URABÁ | ||
Z23 | R09 | '05045 | Apartadó | 1907 | 1968 |
Z24 | R09 | '05051 | Arboletes | 1920 | 1958 |
Z23 | R09 | '05147 | Carepa | 1950 | 1984 |
Z23 | R09 | '05172 | Chigorodó | 1878 | 1915 |
Z25 | R09 | '05475 | Murindó | 1835 | 1914 |
Z23 | R09 | '05480 | Mutatá | 1850 | 1887 |
Z24 | R09 | '05490 | Necoclí | 1535 | 1978 |
Z24 | R09 | '05659 | San Juan de Urabá | ... | 1986 |
Z24 | R09 | '05665 | San Pedro de Urabá | 1956 | 1978 |
Z23 | R09 | '05837 | Turbo | 1840 | 1847 |
Z25 | R09 | '05873 | Vigía de Fuerte | 1815 | 1984 |
Convenciones: (...) No se recibió información (La fuente no reportó el dato). ( ) Casilla en blanco ó ( - ): No fue posible conseguir el dato porque las entidades externas no lograron publicar las cifras oficiales en las fechas requeridas ó No existe el dato. (pr) Datos provisionales. (e) Datos estimados. (py) Datos proyectados. NOTA: Algunos datos cronológicos son aún motivo de investigación histórica, por lo que pueden originar controversia. FUENTE: ARANGO MEJÍA, Gabriel. Monografías de Antioquia. Medellín : Tipografía Sansón , 1941. GÓMEZ, Antonio J., Padre. Monografías de todas las parroquias y de todos los municipios de Antioquia. Medellín : Imprenta Departamental de Antioquia, Bedout , 1951-1952. [s.l.: s.n., s.f.]. 2v. SIERRA GARCÍA, Jaime. Cronología Antioqueña. Medellín : Cámara de Comercio de Medellín , 1997. 458 p URIBE ANGEL, Manuel. Compendio histórico del departamento de Antioquia en la república de Colombia. Medellín : Imprenta Republicana, 1887. 192 p. |
PAÍS | TRATADO | FECHA | OBSERVACIONES |
FRONTERAS TERRESTRES | |||
Brasil | Alfredo Vásquez Cobo - Eneas Martins | 24/04/1907 | El "Tratado de los límites entre la república de Colombia y la República de Brasil", ubica los límites entre ambos países desde la isla de San José en el Río Negro frente a la Piedra del Cocuy- desembocadura quebrada San Antonio en el Río Amazonas. |
Laureano García Ortiz - Octavio Mangabeira | 15/11/1928 | El "Tratado de límites y navegación fluvial entre la República de Colombia y la República de Brasil", declara la libre navegación por los ríos Amazonas, Yapurá o Caquetá, Izá o Putumayo y todos sus afluentes y confluentes | |
Ecuador | Marco Fidel Suárez - Alfredo Muñoz Vernaza | 15/07/1916 | El "Tratado de los límites entre la república de Colombia y la República de Ecuador", ubica los límites de ambos países desde el Río Mataje hasta el Río Guepí |
Panamá | Jorge Vélez - Nicolás Victoria J. | 20/08/1924 | El “Tratado de Límites entre la República de Colombia y la República de Panamá” ubica los límites de ambos países desde Cabo Tiburón (Mar Caribe - Punto equidistante Cocalito - Punta Ardita Océano Pacífico). |
Perú | Fabio Lozano T.- Alberto Salomón | 24/03/1922 | El “Tratado de Límites y libre navegación fluvial entre la República de Colombia y la República de Perú” ubica los límites de ambos países desde Río Guepí - Putumayo - Geodesica ríos por aguas Ataguari - Amazonas Quebrada San Antonio. |
Charles E. Hughes - Hernán Velarde - Enrique Olaya Herrera - Samuel de Souza Leao Gracie | 04/03/1925 | “Acta Tripartita de Límites y Navegación entre Colombia, Perú y Brasil” | |
Protocolo de Río de Janeiro | 24/05/1934 | “Protocolo de Amistad y Cooperación entre la República de Colombia y la República del Perú”, firmado en Río de Janeiro el 24 de mayo de 1934, junto con un “Acta Adicional” | |
Venezuela | Justo Arosemena - Antonio L. Guzmán | 14/09/1881 | Tratado sobre arbitramento “Juris”, entre los Estados Unidos de Colombia y los Estados Unidos de Venezuela |
Laudo - Arbitral Reina Regente Doña María Cristina de España | 16/03/1891 | Desde Castilletes en la península de la Guajira - Isla San José en Río Negro, frente a la Piedra del Cocuy. | |
“Laudo Arbitral Suizo” y “Sentencia del Consejo Federal Suizo” | 24/03/1922 | ||
Luis López de Mesa, Alberto Pumarejo - Esteban Gil Borges, José Santiago Rodríguez | 05/04/1941 | “Tratado sobre Demarcación de Fronteras y Navegación de los Ríos Comunes con Venezuela" | |
FRONTERAS MARÍTIMAS | |||
Nicaragua | Manuel Esguerra- José Barcenas Meneses | 24/03/1928 | Colombia reconoce a Nicaragua la Costa del Mosquito y Nicaragua reconoce a Colombia, el Archipiélago de San Andrés y Providencia |
Estados Unidos | Alfredo Vásquez Carrizosa -Leonardo J. Saccio | 08/09/1972 | Situación de Quitasueño, Roncador y Serranía. |
Ecuador | Indalecio Liévano Aguirre- Antonio Lucio Paredes | 23/08/1975 | Áreas marinas y submarinas. |
Panamá | Indalecio Liévano Aguirre- Aquilino E. Boyd | 20/11/1976 | Áreas marinas y submarinas. |
Costa Rica | Heraclio Fernández Sandoval - Gonzalo J. Faccio | 17/03/1977 | Áreas marinas y submarinas. |
República Domicana | Indalecio Liévano Aguirre - Ramón Emilio Jiménez | 13/01/1978 | Áreas marinas y submarinas. |
Haití | Indalecio Liévano Aguirre - Edner Brutus | 17/02/1978 | Áreas marinas y submarinas |
Costa Rica | Rodrigo Lloreda Caicedo- Carlos José Gutiérrez G. | 06/04/1984 | Áreas marinas y submarinas en el Mar Caribe. |
Honduras | Augusto Ramírez Ocampo - Carlos López Contreras | 02/08/1986 | |
Jamaica | Noemí Sanín - Paúl Douglas Robertson | 12/11/1993 |
Convenciones: (...) No se recibió información (La fuente no reportó el dato). ( ) Casilla en blanco ó ( - ): No fue posible conseguir el dato porque las entidades externas no lograron publicar las cifras oficiales en las fechas requeridas ó No existe el dato. (pr) Datos provisionales. (e) Datos estimados. (py) Datos proyectados. NOTA: Se denomina frontera a la línea divisoria que señala el límite entre dos países vecinos y su configuración se hace mediante tratados bilaterales. La República de Colombia tiene fronteras con once (11) países, cinco (5) de las cuales son terrestres, cuatro con países suramericanos, Venezuela, Brasil, Perú, Ecuador y uno centroamericano, Panamá. En el océano Pacífico tiene fronteras marítimas con Ecuador, Panamá y Costa Rica, y en el mar Caribe con Venezuela, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, República Dominicana, Haití, Jamaica y Honduras. La extensión de Colombia no solamente comprende las tierras del continente y su espacio aéreo, sino que también forman parte del territorio nacional las islas y el mar territorial con su suelo, subsuelo y espacio supra adyacente. En la zona económica exclusiva y en la plataforma continental, Colombia tiene derechos de soberanía sobre los recursos naturales y ejerce jurisdicción con respecto a ciertas actividades marítimas. Colombia cuenta con una superficie total de 2.070.408 kilómetros cuadrados, de los cuales 1.141.748 corresponden a tierras emergidas, tanto continentales como insulares y 928.660 a áreas marítimas. FUENTE: Ministerio de Relaciones Exteriores (En: http://www.cancilleria.gov.co/colombia/sovereignty/maritime) e Instituto Geográfico Agustín Codazzi. |
CÓDIGO DANE | DEPARTAMENTOS | NÚMERO DE MUNICIPIOS | TERRITORIOS ESPECIALES BIODIVERSOS Y FRONTERIZOS (Antes corregimientos departamentales) (2) | SUPERFICIE | |
Kilómetros cuadrados | % | ||||
91 | Amazonas | 2 | 9 | 109.665,00 | 9,61 |
05 | Antioquia | 125 | 63.612,00 | 5,57 | |
81 | Arauca | 7 | 23.818,00 | 2,09 | |
88 | Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina | 1 | 44,00 | … | |
08 | Atlántico | 23 (a) | 3.388,00 | 0,30 | |
13 | Bolívar | 46 (b) | 25.978,00 | 2,28 | |
15 | Boyacá | 123 | 23.189,00 | 2,03 | |
17 | Caldas | 27 | 7.888,00 | 0,69 | |
18 | Caquetá | 16 | 88.965,00 | 7,79 | |
85 | Casanare | 19 | 44.640,00 | 3,91 | |
19 | Cauca | 42 | 29.308,00 | 2,57 | |
20 | Cesar | 25 | 22.905,00 | 2,01 | |
27 | Chocó | 31 | 46.530,00 | 4,08 | |
23 | Córdoba | 30 | 25.020,00 | 2,19 | |
25 | Cundinamarca | 116 (c) | 24.210,00 | 2,12 | |
94 | Guainía | 1 | 8 | 72.238,00 | 6,33 |
95 | Guaviare | 4 | 42.327,00 | 3,71 | |
41 | Huila | 37 | 19.890,00 | 1,74 | |
44 | La Guajira | 15 | 20.848,00 | 1,83 | |
47 | Magdalena | 30(d) | 23.188,00 | 2,03 | |
50 | Meta | 29 | 85.635,00 | 7,50 | |
52 | Nariño | 64 | 33.268,00 | 2,91 | |
54 | Norte de Santander | 40 | 21.658,00 | 1,90 | |
86 | Putumayo | 13 | 24.885,00 | 2,18 | |
63 | Quindío | 12 | 1.845,00 | 0,16 | |
66 | Risaralda | 14 | 4.140,00 | 0,36 | |
68 | Santander | 87 | 30.537,00 | 2,67 | |
70 | Sucre | 26 | 10.917,00 | 0,96 | |
73 | Tolima | 47 | 23.562,00 | 2,06 | |
76 | Valle del Cauca | 42 | 22.140,00 | 1,94 | |
97 | Vaupés | 3 | 3 | 65.268,00 | 5,72 |
99 | Vichada | 4 | 100.242,00 | 8,78 | |
TOTAL | 1.101 | 20 | 1.141.748 | 100 |
Convenciones: (...) No se recibió información (La fuente no reportó el dato). ( ) Casilla en blanco ó ( - ): No fue posible conseguir el dato porque las entidades externas no lograron publicar las cifras oficiales en las fechas requeridas ó No existe el dato. (pr) Datos provisionales. (e) Datos estimados. (py) Datos proyectados. NOTA: 1. Se incluyen los Distritos: (a) Distrito Industrial y Portuario de Barranquilla, (b) Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, (c) Distrito Capital Santafé de Bogotá, (d) DistritoTurístico Cultural e Histórico de Santa Marta. Contando la isla de San Andrés 2. Ley 1551 de julio 6 de 2012. Artículo 44 (antes Corregimientos Departamentales). Jardines de Sucumbíos en el Departamento de Nariño, se incluirá una vez le sea asignado el territorio que lo conforma. 3. La Isla de San Andrés fue suprimida como municipio al tenor de la Ley 1ª de 1972, por esa razón no se reporta en este cuadro. No obstante, para fines censales se le ha asignado un código con la misma estructura de los municipios. 4. Mediante el Acto legislativo 2 de 2007 se declara a Buenaventura, Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico. Diario Oficial No. 46.681 de 6 de julio de 2007, por medio del cual se modifican los artículos 328 y 356 de la Constitución Política de Colombia y Sentencia C-033 de enero 28 de 2009 de la Sala Plena de la Corte Constitucional. FUENTE: División Político-Administrativa de Colombia, Divipola 2012- Resúmen. Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas -DANE- [en línea] www.dane.gov.co/files/inf_geo/1Ge_Presentacion.pdf [Consulta: Mayo 14 de 2013] |
LATITUD | LONGITUD (Respecto al Meridiano de Bogotá) | ALTURA MÁXIMA | ||
Puntos Extremos | ||||
Norte | Punta Arboletes (8° 55' 00") | Este | Frente a Barrancabermeja (0° 11' 30") | Páramo de Sabanas o de Frontino (Municipio de Urrao) 4.080 metros sobre elnivel del mar |
Sur | Cerro de Caramanta(5° 25' 30") | Oeste | Límite Norte con Chocó (Puerto López) (3° 09' 00") |
Convenciones: (...) No se recibió información (La fuente no reportó el dato). ( ) Casilla en blanco ó ( - ): No fue posible conseguir el dato porque las entidades externas no lograron publicar las cifras oficiales en las fechas requeridas ó No existe el dato. (pr) Datos provisionales. (e) Datos estimados. (py) Datos proyectados. FUENTE: Instituto Geográfico Agustín Codazzi. |
PUNTOS CARDINALES | DEPARTAMENTOS | LONGITUD | PUNTOS CARDINALES | DEPARTAMENTOS | LONGITUD |
Kms. | Kms. | ||||
Al Norte con | Bolívar | 288 | Al Este con | Santander | 167 |
Sucre | 6 | Boyacá | 78 | ||
Córdoba | 463 | ||||
Mar Caribe | 323 | ||||
Subtotal | 1.080 | Sub-total | 245 | ||
Al Sur con | Caldas | 238 | Al Oeste con | Chocó | 551 |
Risaralda | 16 | ||||
Subtotal | 254 | TOTAL | 2.130 |