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Gobernador Fajardo violó la Ley 617

  • • La Contraloría General de la República certificó que el gobernador Sergio Fajardo Valderrama violó la Ley 617 al exceder los gastos de funcionamiento permitidos.

Esto significa que por primera vez en la historia, el Departamento de Antioquia baja de categoría.

El certificado, expedido por la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas, indica que los gastos de funcionamiento del Departamento de Antioquia durante la vigencia de 2015 representaron el 50.9 por ciento de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación.

Exceder los gastos de funcionamiento permitidos por la Ley 617 constituye una falta grave por parte del gobernador Sergio Fajardo, hecho ocurrido en el último año de su mandato.

Por el deterioro en las finanzas públicas heredado de la Gobernación de Sergio Fajardo, el Departamento pierde su categoría fiscal especial.

Durante la vigencia fiscal de 2015 el Departamento de Antioquia recaudó Ingresos Corrientes de Libre Destinación por la suma de $962.794.694 millones

Para el Departamento de Antioquia esta violación de la Ley 617 constituye un motivo de preocupación, por cuanto puede bajar de categoría y el Ministerio de Hacienda lo pone en un programa especial de vigilancia.

El certificado fue firmado por la Contralora Delegada para Economía y Finanzas Públicas, Gloria Patricia Rincón Mazo, el día 11 de julio de 2016. Anteriormente, el Ministerio de Hacienda, reportó mediante oficio esta grave vulneración de la Ley. En el mismo sentido se habían pronunciado la Contraloría General de Antioquia y la Secretaría de Hacienda Departamental.

Consecuencias:

El incumplimiento de la norma (ley 617 de 2000) implica consecuencias como: Obligación de la reclasificación a una categoría inmediatamente inferior: pasa de categoría especial a categoría primera, lo que implica disminución en los salarios de los funcionarios departamentales y diputados (artículo primero parágrafo 2).

Adopción obligatoria de un programa de saneamiento fiscal, con el objeto de restablecer la solidez económica y financiera del departamento de Antioquia (artículos 19 y 26).

La Contraloría General de la República podrá tener el control fiscal sobre el departamento.

Ninguna entidad financiera podrá otorgar créditos sin la previa autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la suscripción de un plan de desempeño Fiscal (Artículo 90). Sanción disciplinaria o falta gravísima – destitución por el incumplimiento de lo previsto en la presente ley (Artículo 84).

Gobernación de Antioquia
Oficina de Comunicaciones
Medellín, 25 de julio de 2016

Haz clic sobre la imagen para ver el certificado de la contralora delegada para Economía y Finanzas Públicas:

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