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Gobernador devolvió ternas para designar alcaldes encargados en El Bagre y Cáceres

- Luis Pérez Gutiérrez Gobernador de Antioquia, dispuso devolver de manera inmediata las ternas presentadas para designar alcalde encargado en los municipios de Cáceres y El Bagre, en razón a la suspensión de los alcaldes titulares.

- Igualmente, solicitó a las autoridades competentes, certificado de firmeza y/o ejecutoriedad, en razón a la medida impuesta por Tribunal Superior de Antioquia, en contra del alcalde de Yalí, Antioquia, para proceder a la destitución del cargo, conforme a las normas vigentes.

El Gobernador de Antioquia, Luis Pérez Gutiérrez, a través de Decretos número D 2018070001028 del 17 de abril de 2018, D 2018070001031, del 18 de abril de 2018, dispuso la devolución inmediata de las Ternas presentadas por el Representante Legal y Secretario General del Partido de la “U” y por el Representante Legal del Partido Opción Ciudadana, partidos que avalaron la inscripción a la candidatura de los señores José Mercedes Berrío Berrío, como alcalde municipal de Cáceres, y del señor, Ángel Mesa Castro, en su condición de Alcalde del municipio de El Bagre, respectivamente.

Lo anterior, como quiera que varios de los postulados en dichas ternas se encuentran en causal de inhabilidad consagrada en el artículo 86 de la Ley 136 de 1994. (...haber nacido o ser residente en el respectivo municipio o de la respectiva área metropolitana durante un (1) año anterior a la fecha de la inscripción o durante un período mínimo de tres (3) años consecutivos en cualquier época.)

Luego de verificar las hojas de vida, por parte de la Secretaría de Gobierno Departamental, se encontró que algunos de los ternados no reunían uno de los requisitos de Ley, para aspirar a ejercer el cargo de alcalde encargado, hasta tanto se resuelva la situación jurídica de los alcaldes titulares de dichas municipalidades.

Por consiguiente, esta situación de inelegibilidad, vicia las ternas enviadas por dichos Partidos Políticos, es decir las ternas no son viables, se desintegran, por tal razón, estamos a la espera que recompongan y/o presenten nuevas ternas para que el señor Gobernador continúe con el procedimiento para designar Alcalde, en dichos municipios.

De otra parte, conforme a fallo de segunda de instancia emitido por el Tribunal Superior de Antioquia, en el cual decidió declarar penalmente responsable al señor RAÚL HERNANDO ROLDÁN PÉREZ, alcalde del municipio de Yalí, Antioquia, y sancionarlo con SETENTA Y DOS (72) MESES DE PRISIÓN, MULTA DE VEINTISÉIS MILLONES CUATROSCIENTOS VEINSÉIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M.L. ($26.426.832.00), e INHABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS Y FUNCIONES PÚBLICAS POR UN PERIODO DE OCHENTA Y CUATRO (84) MESES, el Gobernador de Antioquia, solicitó, tanto al Tribunal Superior de Antioquia, Fiscal 25 Seccional, como al Juez Promiscuo del Circuito de Yolombó, certificarán, si dicha sanción se encontraba en firme, para así, proceder conforme a lo dispuesto por el artículo 104 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 33 de la Ley 1551 de 2012 y proceder a la destitución del cargo de dicho mandatario. En estos momentos estamos a la espera de dicha certificación.

Gobernación de Antioquia
Oficina de Comunicaciones
Medellín, 20 de abril de 2018
Elaboró: Diana Isabel Fonseca
Revisó: Luis Guillermo Morales Tobón
# 269

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