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Atencion ciudadano

  

Gobernador recuerda normas que rigen el ejercicio del servidor público durante el actual período electoral

- Mediante oficio dirigido a todos los servidores públicos de la gobernación, precisa sus deberes y derechos en este período.

- Les recuerda muy especialmente su obligación de denunciar cualquiera de las anomalías que atenten contra el debido proceso electoral.

El gobernador de Antioquia, Luis Pérez Gutiérrez, expidió para todos los servidores públicos un oficio en el cual imparte instrucciones, criterios y directrices para el ejercicio del servicio público durante el período electoral en que nos encontramos.

El mandatario antioqueño recuerda en el documento que la mayor garantía de una justa democrática se encuentra en el respeto por parte de las autoridades regionales a la participación de los candidatos, partidos políticos y grupos significativos de ciudadanos.

En consecuencia, el señor Pérez Gutiérrez específica la forma como deben proceder los funcionarios acatando en todo momento la ley y las normas establecidas en nuestro país para estos efectos.

Lo primero es tener en cuenta que en todo acto público institucional que deba realizarse en razón del servicio, no debe haber presencia de candidatos a algún cargo por elección popular o sus seguidores y promotores de su campaña.

Además recordó la prohibición de los servidores públicos de participar en política y por tanto, abstenerse de pronunciarse en favor o en contra de algún candidato o campaña política a través de cualquier medio masivo, redes, teléfonos, vehículos o inmuebles oficiales.

Igualmente, los contratistas del sector público también deben abstenerse de dicha participación en política en el desarrollo de las actividades propias de su contrato.

También contempla el oficio las prohibiciones especiales para los empleados públicos, que hacer expresa referencia a que estos no podrán acosar o presionar a compañeros o subalternos para que participen en política.

Así mismo, está prohibido influir en los ciudadanos con el objeto de intervenir en su intención de voto.

De igual forma se recuerda a todos los funcionarios que en el Código Penal vigente se tipifican las conductas violatorias del ejercicio de participación democrática.

Algunas de ellas son la perturbación de certamen democrático, constreñimiento o fraude al sufragante, fraude en inscripción de cédulas, tráfico de votos, voto fraudulento, alteración de resultados electorales y todas las demás contempladas en dicho Código Penal.

Recuerda también el escrito a todos los servidores públicos, que es su deber denunciar cualquiera de las anomalías antes mencionadas y hace claridad sobre el hecho que los servidores públicos, que de acuerdo con la constitución si pueden participar en política, deben abstenerse de realizar dicha participación haciendo uso de bienes muebles, inmuebles o en lugares y escenarios determinados para el cumplimiento de la función pública.

Gobernación de Antioquia
Oficina de Comunicaciones
Medellín, 28 de febrero de 2018
Elaboró: Luis Guillermo Morales Tobón
Revisó: Jorge Humberto Moreno Salazar
# 143

Departamentos Administrativos

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