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Gobernador de Antioquia expidió circular sobre buenas prácticas en la contratación derivada de la contención del Covid-19

Boletín de Prensa
Medellín, 8 de mayo de 2020

- El mandatario pidió a sus funcionarios acatar las normas vigentes, contratar solo lo estrictamente necesario y de manera oportuna.

- Además, les recordó a todos los funcionarios públicos que son responsables de los actos realizados en ejercicio de las funciones a ellos delegadas.

El gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, emitió una Circular dirigida a los secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, jefes y demás servidores públicos que gestionan procesos de contratación, en la cual les reitera y recuerda observar buenas prácticas contractuales en el marco de la contratación derivada de la mitigación del Covid-19.

El mandatario recordó en esta circular que es necesario tener en cuenta las medidas de urgencia adoptadas en materia de contratación estatal por el Gobierno Nacional, con ocasión del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica; como por la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, y por lo tanto, invitó a todos a cumplir a cabalidad lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política, el cual señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, al momento de contratar los bienes, obras y servicios requeridos para contener y mitigar los efectos del COVID-19.

El gobernador, además, invitó a todas las dependencias a dar cumplimiento estricto a la normativa vigente en materia de contratación estatal derivada de la Urgencia Manifiesta, para lo cual deberá garantizarse el uso adecuado y prioritario de los recursos públicos.

De manera muy especial, Gaviria Correa recordó que es imperativo que cada dependencia analice cada contratación a realizar con el especial deber de cuidado de no incurrir en una interpretación laxa del Decreto Legislativo No. 537 de 2020, teniendo en cuenta el cumplimiento de los principios y el nexo inescindible que debe existir entre la contratación a realizar y las acciones de mitigación con ocasión del COVID-19.

Muy especialmente, el gobernador recordó a todos los principales postulados a tener en cuenta en estas labores contractuales, destacamos algunos:
- Permitir el libre acceso de los entes de control a los planes de acción para conjurar la emergencia y a los contratos para su ejecución.
- Publicar en su página web y en el SECOP en tiempo real la información sobre el acto que declara la urgencia manifiesta.
- Identificar claramente la necesidad de la contratación derivada de la emergencia.
- Caracterizar en los contratos los bienes, obras y servicios, las especificaciones técnicas del bien, la cantidad y la calidad requerida con ocasión de la pandemia.
- Elaborar estudios de mercado o como mínimo análisis de mercado y de costos con el fin de optimizar recursos.

Finalmente, el gobernador recordó a todos los servidores públicos que ejerzan la actividad contractual, que son responsables de los actos realizados en ejercicio de las funciones a ellos delegadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 90 de la Ley 489 de 1998.

Más información para periodistas:
Javier Restrepo González, dirección de Información y Prensa, celular 311 6451688

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